Juicio a la amnistía

Problemas para Sánchez: el alegato de Bruselas ante el TJUE avala a Llarena para no amnistiar a Puigdemont

El juez Llarena alegó argumentos similares a los de la Comisión para rechazar la amnistía

El Ejecutivo europeo dice que la norma se aprobó "para lograr la investidura del Gobierno"

Llarena Puigdemont
Carles Puigdemont, Pablo Llarena y Pedro Sánchez.
Rafael Molina

La rotunda posición de la Comisión contra la Ley de Amnistía ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avala al juez instructor de la causa del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, para no aplicar la medida de gracia a los líderes independentistas que todavía no han sido juzgados o a los que, estando condenados e indultados, aún no se han beneficiado de la norma. Entre otros, afectaría al ex presidente de la Generalitat fugado de la Justicia, Carles Puigdemont, o al ex vicepresidente Oriol Junqueras. La postura del Ejecutivo europeo también abriría el camino para presentar una cuestión prejudicial que confirme las deficiencias de la ley a la hora de amnistiar la malversación.

El representante de la Comisión, Carlos Urraca Caviedes, ha sido contundente este martes en su alegato sobre si la amnistía es compatible con el Derecho de la Unión Europea. Ha asegurado que la ley orgánica «no responde un objetivo de interés general». «Es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España» de Pedro Sánchez en 2023, ha incidido.

Además, ha afeado que el plazo de tiempo de dos meses en el que se obliga a aplicar la medida de gracia, «podría impedir» que el Tribunal de Cuentas «pueda llevar a cabo el examen» para comprobar si la malversación afecta los intereses de la Unión Europea y, por tanto, es contraria al derecho comunitario y, en definitiva, ilegal.

Argumentos del juez Llarena

Se trata del mismo argumento que utilizó el juez Llarena para no aplicarle la amnistía a los investigados, entre los que está, además de Puigdemont y Junqueras, los consellers Antonio Comín, Lluis Puig, Raül Romeva y Dolors Bassa.

El magistrado Llarena consideraba inaplicable la Ley de Amnistía a estos políticos porque, indiciariamente, malversaron fondos públicos en beneficio personal y, además, afectaron a los intereses económicos de la Unión Europea. Ambas situaciones estaban excluidas de la medida de gracia y, de darse, no permitiría aplicársela.

El segundo supuesto es el que se ha juzgado este martes en el TJUE. Sobre este aspecto, el juez Llarena ya criticó en un auto que la Ley de Amnistía obligaba a los juzgados a sobreseer la causa contra Puigdemont en un plazo máximo de dos meses. A ojos del magistrado, ese tiempo no permitiría abordar una investigación sobre la procedencia de los fondos. Además, tampoco permitiría agotar el tiempo ofrecido por el derecho interno para llevar a término cualquier investigación penal.

Y es que, el juez Llarena reconoció que, hasta la aplicación de la amnistía, no se había analizado si la malversación de fondos afectaba al interés financiero de la Unión Europea. Sin embargo, justificaba que no se había hecho porque ese dato era jurídicamente irrelevante para el objeto del proceso penal que se estaba investigando. Ahora, sí considera necesario verificarlo.

Además, en uno de los párrafos aseguraba que la perseguida secesión de Cataluña provocaría un detrimento en los fondos de la Unión Europea: «La sola realización del referéndum que habían prohibido las instituciones españolas competentes afectaba necesaria y automáticamente a la configuración de España y a la dimensión territorial de la Unión Europea, con reflejo directo en los ingresos comprometidos por España en el presupuesto de la Unión, principalmente los vinculados a la recaudación de IVA y Renta Nacional Bruta, y consecuentemente, a los intereses financieros de la Unión».

Presentación de cuestión prejudicial

En ese momento, la magistrada Ana Ferrer emitió un voto particular discrepante en el que mostraba su discrepancia con la exclusión de la amnistía al delito de malversación y apoyaba el planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En ese momento se desechó la oportunidad. Ahora, la situación podría cambiar.

La opinión de la Comisión va en la línea de los recelos del juez Llarena sobre la aplicación de la Ley de Amnistía. De este modo, ahora el magistrado podría elevar su propia cuestión prejudicial para ver si, en el caso de los líderes del procés, la malversación es amnistiable o, simplemente, no aplicar la medida de gracia.

Lo último en España

Últimas noticias