El PP exige una nueva ley de juicios rápidos para echar a los okupas en un máximo de 7 días

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El grupo de okupas frente al Ayuntamiento de Móstoles.
Carlos Cuesta

El PP quiere acabar con la creciente lacra de los allanamientos de los okupas. El plan del partido de Pablo Casado pasa por una nueva ley de juicios rápidos que permita que, tanto los desahucios por el delito de usurpación, como por el de allanamiento de morada -las dos figuras delictivas con las que se puede calificar la okupación dependiendo de que se trate de un piso vacío o con convivientes- permita al propietario recuperar su inmueble por medio de un juicio sin jurado y en siete días.

La proposición está ya en el Congreso de los Diputados y supondría una inyección de velocidad en el desalojo de los okupas. Los ‘populares’ pretenden que los juicios por usurpación simplemente se aceleren. Pero se centran de forma especial en el plan de reforma en los juicios por allanamiento de morada -cuando el piso cuenta con inquilinos o propietarios que residen en ese momento en el inmueble-.

Lo hacen así porque, por llamativo que resulte, esta segunda tipología de proceso judicial se lleva a cabo por medio de jurado, lo que acaba retrasando los juicios en los casos en lo que, la prisa por recuperar el inmueble es más acuciante. Los ‘populares’ señalan que el «delito de allanamiento de morada reviste todos los caracteres para que pudiera tramitarse como juicio rápido, pues el inicio del procedimiento, en la mayor parte de las ocasiones, es una denuncia del morador plasmada en un atestado policial, la instrucción será sencilla y la pena entra dentro de los límites del procedimiento de juicio rápido regulado dentro de los límites de los artículos 795 y 801 de la LECRIM».

Desde el PP exponen su plan: “Si existe conformidad con la petición fiscal, el juez de guardia dictará sentencia en el acto, y si no existe conformidad, se celebrará un juicio ante el juzgado de lo penal en un plazo medio de una semana”.

El texto del PP sobre okupas y okupaciones apunta que “el allanamiento de morada –al igual que ocurre con la ocupación ilegal de inmuebles no habitados-, es un delito en alza y carece de sentido que por cada delito de allanamiento de morada que se cometa se tenga que tramitar y celebrar un juicio por jurado, y no sólo por la tramitación ardua de ese procedimiento y el tiempo que todos los profesionales de la Justicia invierten en el mismo en detrimento de otros asuntos, sino por la tardanza en poder señalar un juicio de Jurado que en muchas ocasiones se dilata en más de un año desde que concluye su tramitación y su señalamiento para la celebración del juicio por un magistrado de la Audiencia Provincial”.

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