La ley de la UE contra el terrorismo retrata al PSOE: «Es una grave violación de los derechos humanos»

El Gobierno distingue entre un terrorismo respetuoso con los derechos humanos y otro que no lo es

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Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La graduación de los delitos de terrorismo que supone la enmienda pactada entre el PSOE y Junts choca directamente con la propia definición del delito que hace la Unión Europea y la obligación de los Estados de perseguirlo. De hecho, la propia enmienda en cuestión se refiere explícitamente a la Directiva 2017/541 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 15 de marzo, relativa a la lucha contra el terrorismo aunque, de forma interesada, limita su alcance.

Dicha directiva, que lógicamente obliga a España, advierte de que «los actos terroristas constituyen una de las violaciones más graves de los valores universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y el disfrute de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, en los que se basa la Unión» y se añade que «también representan uno de los ataques más graves contra la democracia y el Estado de Derecho, principios que son comunes a los Estados miembros y en los que se fundamenta la Unión».

En concreto, la enmienda pactada por el Gobierno con sus socios excluye los actos de terrorismo de la amnistía, pero sólo «cuando, de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos, en particular, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario». Los mencionados artículos se refieren a casos de muertes o torturas.

Esa modificación del texto original de la ley -que excluía a todos los condenados por terrorismo con sentencia firme- plantea la dicotomía entre un terrorismo que sería respetuoso con los derechos humanos y otro que no lo es para así blindar a todos los investigados y encausados por terrorismo en el marco del proceso separatista catalán, como los 12 miembros de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR) y de Tsunami, entre ellos, el ex presidente catalán Carles Puigdemont y la líder de ERC, Marta Rovira.

Directiva

La directiva del Parlamento Europeo abarca toda una serie de avisos a los Estados sobre la necesidad de perseguir los delitos de terrorismo -mediante la investigación, el trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la labor judicial- y proteger a las víctimas, recordando que «la Unión se basa en los valores universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales» y «se fundamenta en los principios de la democracia y el Estado de Derecho, que son comunes a los Estados miembros».

Igualmente, la directiva fija con claridad qué actos deben ser calificados como terrorismo, más allá de que conlleven muerte o tortura, como delimitan el PSOE y sus socios. Entre esos actos terroristas se consideran, por ejemplo, los atentados contra la integridad física de una persona, las destrucciones masivas de instalaciones estatales o públicas o sistemas de transporte (…) que puedan poner en peligro vidas humanas o producir un gran perjuicio económico o la fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de explosivos o armas de fuego. Conductas todas ellas que aparecen reflejadas en la exposición razonada que el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, elevó al Tribunal Supremo en el marco de la investigación sobre Tsunami Democràtic.

Asimismo, se determinan los «fines» de dichos actos terroristas, como son «intimidar gravemente a una población», «obligar indebidamente a los poderes públicos o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo» y «desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas, constitucionales, económicas o sociales fundamentales de un país o de una organización internacional».

«Derechos humanos»

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, rechazó este martes que el Gobierno haya cruzado una línea roja sobre la consideración del delito de terrorismo porque a su juicio el terrorismo sigue exceptuado «cuando haya una violación grave de derechos humanos». «Esa era nuestra línea roja», aseveró.

Esas palabras han provocado la polémica, al insinuar la existencia de un terrorismo que no supondría una «violación grave de derechos humanos», algo que es incompatible con la propia naturaleza de ese delito. Según Moncloa, la enmienda pactada con sus socios separatistas «garantiza la seguridad jurídica» del texto y se adapta «a los mejores estándares europeos», es decir, la Directiva europea y el Convenio Europeo de Derechos Humanos, algo que desmienten los textos europeos.

Por otro lado, la Ley de Amnistía choca también con el Convenio del Consejo de Europa para la Prevención del Terrorismo, que subraya que los delitos terroristas «sean quienes fueren sus autores, no son en ningún caso justificables con consideraciones de naturaleza política, filosófica, ideológica, racial, étnica, religiosa o de cualquier otra naturaleza similar». Asimismo, se recuerda a los Estados «la obligación de prevenir tales actos y, en su defecto, de perseguirlos y de asegurarse de su castigo con penas que tengan en cuenta su gravedad».

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