Un juez de Barcelona dice que el espionaje de los Mossos a políticos y periodistas no tenía «fines políticos»
El titular del Juzgado de Instrucción 22 de Barcelona ha archivado las querellas presentadas por un presunto espionaje político por parte de los Mossos d'Esquadra a sindicalistas, periodistas y abogados al rechazar que las investigaciones se hicieran por "motivos de carácter político".
Este juzgado aglutinó varias querellas presentadas por el abogado José María Fuster-Fabra en su propio nombre y en el de otros afectados, después de que se hicieran públicos informes de la Comisaría de Información de los Mossos que se iban a quemar en la incineradora de Sant Adrià de Besòs (Barcelona), cuando fueron interceptados en una operación de la Policía Nacional.
Según ha adelantado la edición digital de La Vanguardia, la decisión se ha adoptado tras tomar declaración durante dos sesiones al comisario jefe de la comisaría general de Información de los Mossos d’Esquadra, Manel Castellví, y una vez analizado un informe de la Fiscalía. El juzgado ha acordado el sobreseimiento libre, una decisión que ya ha sido recurrida por el abogado.
No ve actuaciones arbitrarias
El juzgado considera que sí se recabaron informaciones y se hicieron investigaciones sobre estas personas y que «todas ellas buscaban una finalidad concreta». Esta finalidad era «la de obtener el máximo de información esencial de toda policía sobre la actuación de personas que por su significación sociopolítica pudieran, en un momento especialmente vulnerable, devenir autores o partícipes en incidentes con afectación del orden público o devenir víctimas de estos incidentes».
«La previsión legal de la investigación y las razones que la justifican excluye que se trate de una decisión arbitraria. No puede concluirse que las investigaciones no estuvieran guiadas por el propósito de salvaguardar el interés público, y, por lo trato, no son una desviación de poder», argumenta el juzgado.
El juzgado precisa que, como en toda actuación policial, unas han dado lugar a diligencias judiciales o están relacionadas con ellas, y otras no han concluido en datos relevantes para ninguna continuación, pero «no consta ni se ha alegado en ninguna denuncia o querella, ni ha sido objeto de preguntas al comisario jefe, la posibilidad de que los datos obtenidos en las actuaciones han sido utilizadas para algún fin político».
Uso de medios legales
El magistrado destaca en su decisión que toda la información recabada por los Mossos «se ha obtenido con medios legales»: no existe ninguna intromisión en ningún fichero secreto, no se han intervenido teléfonos, no se ha interceptado correspondencia ni entrado en ningún domicilio.
Asimismo, añade que ninguno de los datos que constan en la documentación y que se refieren a los querellantes y denunciantes «afecta a la vida íntima; se trata de datos que guardan relación con la vida privada o con la misma vida pública, fácilmente obtenibles en la llamada información abierta».
Querellas
El abogado José María Fuster-Fabra se querelló contra los Mossos por presunto espionaje y también lo hizo en nombre del exlíder de Sociedad Civil Catalana José Ramón Bosch; el secretario general del sindicato de la policía catalana SPC, David José, y su hijo menor de 15 años; otra de su exmujer, y otra de la Plataforma Barcelona con la Selección, entre otras.
Las querellas se dirigían contra los funcionarios de los Mossos que puedan ser identificados como culpables de los seguimientos y por los delitos de prevaricación, malversación y revelación de secretos.
El 26 de octubre de 2017, la Policía Nacional interceptó en la incineradora de Sant Adrià del Besòs (Barcelona) una furgoneta con documentación de los Mossos d’Esquadra para comprobar si esos papeles tenían relación con el referéndum de independencia que se había celebrado el día 1 de ese mes.
La Brigada de Información de la Jefatura Superior de Cataluña elaboró un informe que apuntaba a que la documentación que se trató de destruir estaba relacionada con supuestas irregularidades de la policía catalana.