El Gobierno quiere elevar otro 5,5% la cotización social de las empleadas de hogar en plena crisis
En plena crisis, con la inflación golpeando a las familias, y con la carga fiscal disparada. Así es el escenario que ha buscado el partido de Pedro Sánchez para defender una subida de la cotización social de las empleadas de hogar con el propósito de que cobren más paro. El resultado es que, en el peor momento, las familias tendrán que pagar aún más por las empleadas de hogar. En concreto, y según se deduce del documento presentado por el PSOE, un 5,5% para el pago de las prestaciones por desempleo.
El Grupo Parlamentario Socialista ha registrado ya su solicitud en el Congreso de los Diputados. Lo traslada bajo la forma de proposición no de Ley y exige al resto de partidos que se sumen a la medida. El objetivo oficial es el de “ratificar el Convenio 189 de la OIT y asegurar el acceso a la cobertura por desempleo de las personas trabajadoras empleadas de hogar”. Pero ese título no destaca la verdad que se figura en el texto: que se trata de una subida de las cotizaciones sociales para el pago de las prestaciones por desempleo.
El texto de los socialistas señala que la disposición adicional trigésima novena de la Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de la Seguridad Social, con efectos de 1 de enero de 2012, integró el Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. Para ello, creó el Sistema Especial para Empleados de Hogar y reguló que las personas trabajadoras incluidas en este Sistema Especial no tendrían, dentro del marco de la acción protectora, la cobertura por desempleo.
Posteriormente, el artículo 251, d) de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, estableció la cobertura por la protección por desempleo, pero “siempre que tengan previsto cotizar por esta contingencia los trabajadores por cuenta ajena incluidos en regímenes especiales de la Seguridad Social que protejan dicha contingencia”.
Lo cierto es que el pasado 24 de febrero, con motivo de la presentación de una cuestión prejudicial por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Vigo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció sobre esta falta de cobertura y dictó que la normativa española que excluye de las prestaciones por desempleo a los empleados de hogar es contraria al Derecho de la Unión.
En concreto, señaló el Tribunal de Justicia, el artículo 251, d) LGSS se opone al artículo 4, apartado 1, de la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, “relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, y constituye una discriminación indirecta por razón de sexo, dado que este colectivo de personas trabajadoras está compuesto fundamentalmente por mujeres, el 95,53%, pues sitúa a las trabajadoras del hogar en desventaja particular con respecto a los trabajadores y no está justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo”, destacan los socialistas en su documento.
Mismas prestaciones
El TJUE admite excepciones siempre que respondan a un objetivo legítimo de política social, pero consideró que «la opción legislativa de excluir a los empleados de hogar de las prestaciones por desempleo concedidas por el Régimen General de Seguridad Social español no parece aplicarse de manera coherente y sistemática en comparación con otros colectivos de trabajadores que disfrutan de esas mismas prestaciones pese a presentar características y condiciones de trabajo análogas a las de los empleados de hogar’’.
En base a todo ello, el juzgado de Vigo mencionado admitió que existe un vacío normativo y que era preciso que el legislador lo abordara “considerando las peculiaridades del régimen especial». Por todo ello, declaró «el derecho a cotizar como empleada de hogar, por la contingencia de desempleo en los términos legales que se establezcan, lo que supone remover sin demora los obstáculos que impidan o dificulten ese derecho, en los términos establecidos en el art. 9.2 CE”.
El PSOE habla en boca de Sánchez en su escrito y señala que “el Gobierno de España está firmemente comprometido con el Convenio 189 de la OIT sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos y ha anunciado recientemente que se encuentra en la última fase de trámites para su ratificación”.
Principio de igualdad
Y, por ello, y por el “principio de igualdad entre hombres y mujeres, por razones de justicia social y para avanzar en la reducción de la brecha de género en el acceso a las prestaciones de Seguridad Social”, el partido de Pedro Sánchez pide “culminar los trabajos que permitan la ratificación por España del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos” y, sobre todo, “reformar el Sistema Especial de Empleadas de Hogar haciendo equivalente su acción protectora con la del Régimen General de la Seguridad Social, especialmente en relación con el acceso a la cobertura por desempleo”, eso sí, tras subir las cotizaciones sociales: “Previa previsión de cotización por dicha contingencia”.
El Régimen General recoge un epígrafe específico de cotización del 5,5% para el pago de las prestaciones por desempleo. Ese concepto, hasta ahora, no figura en las cotizaciones de las empleadas de hogar, pero su equiparación, tal y como pide el PSOE, le puede llevar a sumar ese incremento en el pago.
Hasta ahora esas cotizaciones sociales ya incluyen un pago del 23,6% sobre la base de cotización en concepto de contingencias comunes -la contribución para las pensiones-. Y ahora, podrían sumar el 5,5% del régimen general para el pago de las prestaciones por desempleo.
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