El Gobierno valenciano contra el español

La dictadura lingüística de Oltra y Puig relega el español en primaria a deportes y religión

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Ximo Puig y Mónica Oltra, en una imagen de archivo.

Los Proyectos Lingüísticos de Centros de la Comunidad Valenciana arrojan un panorama desolador. Durante la etapa educativa obligatoria, los alumnos de infantil y primaria verán relegado el español como lengua vehicular a las asignaturas de educación física y religión y valores.

El Proyecto lingüístico de centro -definido en el artículo 13 de la Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano- es el «instrumento mediante el cual cada centro educativo articula y concreta la aplicación del Programa de educación plurilingüe e intercultural de acuerdo con las características del centro educativo y del alumnado».

Los centros educativos valencianos tienen la obligación de elaborar dicho proyecto para un período de 4 cursos, momento en que cada deberán evaluar el mismo y aplicar, en su caso, las modificaciones oportunas.

Pese a que el TSJ de la Comunidad Valenciana anuló parcialmente el decreto de plurilingüismo por discriminar al castellano frente al valenciano en las aulas y reconoció el derecho de los padres a una enseñanza sostenida con fondos públicos en la que se utilizase como vehicular cada una de las lenguas cooficiales,  la realidad es que “sus efectos se prolongaban en el tiempo por haberlo asumido el Decreto ley 3/2017, de 1 de septiembre, del Consell por el que se adoptan medidas urgentes para la aplicación, durante el curso 2017/2018 de los proyectos lingüísticos de centro (PLC)” y por la Ley valenciana 4/2018 (disposición transitoria segunda) aprobada en febrero». Y por ello acordaba plantear, el pasado mes de marzo, recurso de inconstitucionalidad al respecto.

La realidad es que en la mayoría de los centros educativos valencianos y durante los próximos cursos 2018-2019 y 2019-2020 se continuará aplicando un modelo curricular que relega el español como lengua vehicular a las materias con menor relevancia académica: educación física y religión y valores.

La Consejería de Educación permite que se prolongue una situación de hecho que vulnera la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que ha reconocido expresamente el derecho de los padres a la libre elección de la lengua sin que pueda éste «ser sustituido ni por la Administración ni por el Consejo Escolar ni por las Asociaciones de Padres» indicando que «la mejor forma de ajustar la demanda de los padres y la oferta de la Administración es dejarles que opten primero y organizar los PLC en función de su elección».

Títulos automáticos de inglés y valenciano

Además, el nuevo Decreto que está perfilando la Consejería de Educación valenciana permitirá obtener títulos oficiales automáticos en inglés (B1) y valenciano (C1) a los alumnos de la comunidad autónoma a través de todos sus centros, que serán los que emitirán los certificados correspondientes.

De esta forma, y por primera vez, los alumnos valencianos recibirían dichas acreditaciones en base a las horas lectivas recibidas durante su etapa escolar, sin necesidad de pasar por pruebas de nivel o cursos específicos de escuelas de idiomas.

La propuesta en la que trabaja el equipo de Vicent Marzá establece el número de horas lectivas que deben cumplir los estudiantes para determinar el mínimo exigible necesario para la obtención de los títulos: al menos 1.300 horas vehiculadas en inglés para la obtención del A1 tras la ESO y 2.600 vehiculadas en valenciano equivalentes al B2. En ambos casos se computarán las horas acumuladas desde primaria y será requisito indispensable haber aprobado la asignatura correspondiente en todos y cada uno de los cursos.

 

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