Fiscalía General del Estado

Delgado debe abstenerse en la querella contra Ábalos por el ‘Delcygate’ en el Supremo

Todas las causas judiciales abiertas tras el escándalo de Barajas se reagruparán en torno a la primera denuncia interpuesta por el partido Laócrata ante el Alto Tribunal y a la espera de que éste decida sobre su admisión.

José Luis Ábalos y Dolores Delgado
José Luis Ábalos y Dolores Delgado

La nueva fiscal general del Estado, Dolores Delgado, coincidió con José Luis Ábalos en el Ejecutivo socialista de Sánchez durante la última legislatura. Por este motivo, fuentes próximas al Ministerio Público confirman a OKDIARIO que la ex titular de Justicia tendrá que delegar el informe que el Supremo reclamará a la Fiscalía sobre la admisión de la querella del partido Laócrata contra Ábalos por el ‘Delcygate’.

La Sala de lo Penal, que preside el juez Marchena, pidió la semana pasada que esta formación -escisión del PSOE en Andalucía- subsanase un problema formal derivado de la «insuficiencia» de un poder y depositase la fianza de 12.000 euros que se exige a toda acción popular. Una vez el Supremo disponga de todos los elementos necesarios, preguntará al Ministerio Fiscal su tesis sobre la causa.

Si bien la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sólo prohíbe, expresamente, que los representantes de la Fiscalía se aparten de aquellas cuestiones que han conocido durante el ejercicio de un cargo público anterior, Delgado «no debería» pronunciarse en el escándalo de Barajas entre la número dos de Maduro, Delcy Rodríguez, y José Luis Ábalos, porque «está en juego la imparcialidad de la institución», señalan fuentes jurídicas a OKDIARIO.

Los fiscales, aún así, podrían salvar el escollo legal para no tener que cumplir con las decisiones de su nueva superior, si no están de acuerdo. Pese a que carecen de competencia en la elección del responsable del Ministerio Público, la ley sí les permite cuestionar sus directrices ante peticiones «improcedentes».  Algo que ya sucedió en el caso del magistrado Julián Sánchez Melgar cuando, en su etapa de fiscal general, ordenó apoyar la solicitud de libertad del ex conseller catalán Joaquim Forn, que el entonces fiscal encargado del caso, Fidel Cadena, se limitó a cumplir por «imperativo legal» pese a estar en desacuerdo.

Junta de Fiscales 

Los artículos 25 y 27 de la norma que regula el funcionamiento de la Fiscalía General del Estado prevén excepciones a la regla general que reserva al Fiscal General del Estado la posibilidad de «impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y ejercicio» de sus funciones, tanto en lo general como en los asuntos específicos.

Sin embargo, en los casos en que las indicaciones y mandatos «se refieran a asuntos que afecten directamente a cualquier miembro del Gobierno», el fiscal general «deberá oír con carácter previo a la Junta de Fiscales de Sala».

Lo mismo sucede si un fiscal recibe una orden o instrucción que considere «contraria a las leyes» o que, por otro motivo, «estime improcedente». La ley le permite plantear «la cuestión a la Junta de Fiscalía», en el caso de los Fiscales Jefe, o a la Junta de Fiscales de Sala si quien dio la orden fue, directamente, el Fiscal General del Estado.

Esto es, los fiscales todavía cuentan con un mecanismo clave para oponerse a interferencias indebidas en el ejercicio de sus actuaciones: el papel moderador y la opinión prioritaria, aunque no vinculante, de la Junta de Fiscales de Sala cuando el desacuerdo con el criterio del Fiscal General del Estado sea absoluto.

Lo último en España

Últimas noticias