Elecciones
Elecciones autonómicas 2023

¿Cómo votar en las elecciones municipales y autonómicas del 28M si vives en el extranjero?

El próximo 28 de mayo se celebran las elecciones municipales y autonómicas en gran parte de España de modo que en breve se enviarán las tarjetas censales en las que se indica dónde tenemos que ir a votar, pero ¿y si me encuentro fuera del país pero quiero votar en estas elecciones? Todos los pasos sobre cómo votar en las elecciones municipales y autonómicas del 28M si vives en el extranjero.

Cómo votar en las elecciones del 28M si vives en el extranjero

Todas aquellos españoles que sean residentes permanentes en el extranjero  pueden votar en las próximas elecciones del 28M, aunque antes que nada deben estar  inscritos en el Registro de Matrícula Consular así como en el censo de lectores residentes ausentes (CERA). Según anuncia el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación este es un requisito esencial.

Una vez inscritos en el censo CERA tenéis que recibir los documentos que ahora os enumeramos y que de oficio, son enviados por las Delegaciones Provinciales de la Oficinal del Censo Electoral:

La documentación se comenzó a enviar el pasado 22 de abril y finalizará el 28 de abril, de modo que es ahora cuando en teoría debes recibir la documentación que te hemos detallado mediante correo certificado. En el caso de que te lo envíen el último día, posiblemente lo recibirás la próxima semana.

Una vez enviada toda la información, entre el 3 y el 7 de mayo se enviarán las papeletas oficiales a la dirección de la inscripción de cada elector residente ausente en aquellas provincias donde no se haya impugnado la proclamación de candidaturas. Para las restantes las papeletas oficiales se enviarán hasta el día 13 de mayo.

En el sobre que tendremos para votar se debe incluir la papeleta de la candidatura que hayamos elegido o ninguna, si queremos votar en blanco.

Dentro del sobre de la Junta Electoral Provincial se ha de incluir:

¿Cómo entregar o enviar el voto?

Con todo lo señalado podemos acudir a la embajada, el consulado o en los centros habilitados para estas elecciones, entre el 20 y 25 de mayo y dejar allí nuestro voto o también enviarlo por correo antes del 23 de mayo.

En el caso de estar residiendo en el extranjero pero de forma temporal o que estés de vacaciones, puedes votar  por correo. Tienes de plazo entre el 4 de abril y el 18 de mayo y vas a tener que adjuntar una solicitud en Correos que se tendrá que enviar a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.