El Tribunal Supremo lo deja bien claro: la empresa te tiene que dar un día libre extra por éste festivo
Si el día festivo cae en uno de tus días de descanso debería darte otro día extra
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Cada año son muchos los trabajadores que miran el calendario laboral con la esperanza de que algún festivo caiga en buen día y nos regale un puente. Y, cuando no pasa, aceptamos resignados que ciertos festivos se pierdan sobre todo si coinciden en sábado. Pero esa idea, tan extendida como asumida, acaba de dar un giro importante. El Tribunal Supremo ha sentado doctrina y ha dejado claro que ese festivo no puede desaparecer del mapa. Si un día festivo cae en tu día de descanso, la empresa está obligada a compensarlo con otro día libre.
El cambio no es menor. Afecta a miles de trabajadores con jornada de lunes a viernes que, hasta ahora, veían cómo los festivos en sábado se esfumaban sin posibilidad de recuperarlos. Y afecta también a quienes trabajan en turnos rotativos o con un día fijo de libranza que no siempre coincide con el fin de semana. Sin embargo, el Supremo ha cerrado la puerta a esa práctica dado que el descanso semanal y los festivos son derechos distintos, y ninguno puede comerse o sustituir al otro.
La empresa te tiene que dar un día libre extra por éste festivo
La clave está en cómo interpreta el Alto Tribunal la colisión entre dos derechos: el descanso semanal y el festivo laboral. La empresa no puede considerar que un festivo ya está “disfrutado” solo porque cae en tu día libre habitual.
El Tribunal se apoya en dos piezas normativas:
- Artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que define los festivos como retribuidos y no recuperables.
- Real Decreto 2001/1983, que establece que, si por razones organizativas el trabajador no puede disfrutar del festivo, la empresa debe: pagar las horas trabajadas con un incremento mínimo del 75%, o ofrecer un descanso compensatorio.
La sentencia del Supremo reúne ambos principios y llega a una conclusión contundente:
- un festivo que coincide con el día de descanso no puede considerarse disfrutado, por lo que debe compensarse con otro día libre.
- La idea es sencilla: todos los trabajadores deben disfrutar el mismo número de días festivos, independientemente de la organización interna de turnos.
El caso que ha originado la sentencia
La resolución parte de una demanda sindical contra una gran empresa del sector textil. Sus empleados trabajaban de lunes a domingo con un día de descanso fijo entre semana. ¿Qué ocurría cuando ese día de descanso coincidía con un festivo? La empresa lo daba por disfrutado y lo compensaba con cuatro días extra de vacaciones al año.
El Supremo considera esa práctica incorrecta. La compañía estaba integrando el festivo dentro del descanso semanal, cuando son dos derechos distintos que no pueden solaparse. Y, además, estaba acumulando todo en vacaciones, lo que distorsionaba el cómputo anual real de jornada.
El fallo aclara que cuando el día de libranza coincide con un festivo, ese festivo no desaparece, de este modo el trabajador tiene derecho a otro día libre. La sentencia no afecta sólo a este sector: se aplica a cualquier trabajador, incluidos los que tienen jornada de lunes a viernes y descanso en fin de semana. Esto es algo importante y que deben conocer bien todos los empleados, aunque afecta de forma especial a todos aquellos que suelen trabajar los fines de semana o tienen turnos rotativos, tal y como es el caso del sector comercio, la hostelería o el de limpieza
¿Se pueden sumar estos festivos a las vacaciones? Depende del convenio
Ahora ya tenemos la teoría clara, pero la práctica depende en parte de cada convenio colectivo. Muchos convenios ya contemplan esta compensación trasladando el festivo a otra fecha. Otros permiten acumularlos en días libres adicionales. Y en sectores donde se trabaja en fines de semana o festivos, lo habitual es recibir un plus económico o combinarlo con descanso compensatorio.
Por eso, los expertos aconsejan revisar:
- la cláusula 7ª del contrato,
- el convenio colectivo,
- y las normas internas de la empresa.
Si el convenio obliga a compensar los festivos en sábado, algo muy frecuente, la empresa no puede negarse ni sustituirlo por vacaciones salvo que la norma sectorial lo permita expresamente.
Qué cambia para los trabajadores a partir de ahora
Con esta doctrina del Supremo, desaparece la idea de que los festivos caídos en sábado se pierden. Y ahora ya no es así dado que desde este pronunciamiento, las empresas deben:
- Conceder otro día libre equivalente,
o, cuando no sea posible por motivos organizativos, pagar el festivo según marca la ley, con el incremento correspondiente.
El Tribunal considera que no hacerlo supone un agravio comparativo entre trabajadores que desempeñan la misma jornada anual pero disfrutan de menos festivos sólo por un criterio que tiene que ver con el calendario del año en curso.