Pensión por incapacidad

Te la conceden sin que la pidas: así funciona esta pensión por incapacidad en España

Pensión de incapacidad permanente
Blanca Espada

Si tienes una situación en la que llevas de baja médica desde hace mucho tiempo, es posible que la Seguridad Social detecte que la situación puede acabar convirtiéndose en una incapacidad permanente, sin que lo hayas pedido expresamente. Por norma general, es el trabajador el que inicia los trámites para solicitar una pensión por incapacidad. Sin embargo existe una vía menos conocida, pero igual de válida.

El propio Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede actuar de oficio, y poner bajo revisión un caso de incapacidad temporal que se haya alargado en el tiempo. Además podrá valorar si corresponde iniciar el proceso de evaluación para una pensión de mayor calado. Pero, cuidado: esto no significa que la pensión esté garantizada o que el ciudadano no deba mover un dedo. Aunque es la Seguridad Social la que pone en marcha la maquinaria, el solicitante sigue teniendo un papel clave. Tendrá que responder, aportar documentación, y enfrentarse al famoso tribunal médico, una fase temida pero crucial en este tipo de expedientes.

Te la conceden sin pedirla: así funciona esta pensión por incapacidad

En España, cuando un trabajador lleva mucho tiempo de baja por una enfermedad o lesión y el plazo máximo de la incapacidad temporal está a punto de agotarse, la Seguridad Social puede intervenir de forma automática. Si considera que esa persona podría estar incapacitada de manera permanente para trabajar, activa el procedimiento por su cuenta, sin necesidad de que el afectado lo haya pedido.

Esto suele suceder cuando un médico inspector, al revisar un parte de baja, determina que la evolución del paciente no es favorable o que, tras agotar los 545 días máximos de incapacidad temporal, no hay posibilidad de mejoría suficiente para volver al trabajo. En ese punto, el INSS no espera a que el trabajador solicite nada: envía una notificación por carta donde informa de la apertura del expediente de incapacidad permanente.

Sin embargo, aunque el proceso se inicie sin que se haya pedido, el ciudadano deberá implicarse activamente en los siguientes pasos para que la resolución llegue a buen término.

Qué ocurre tras recibir la carta de la Seguridad Social

La carta que envía el INSS incluye un oficio y un formulario para que el trabajador confirme si desea continuar con el trámite de pensión por incapacidad permanente. Aunque no se haya pedido expresamente, ahora sí que se requiere la participación activa del afectado. Este debe rellenar el formulario, añadir (si quiere) un escrito en el oficio que se adjunta, y enviar la documentación de vuelta al organismo.

A partir de ese momento, la Seguridad Social tiene un plazo de 10 días hábiles para requerir más información o documentación, si lo considera necesario. Este periodo es importante, porque puede influir en los tiempos totales del expediente. Es recomendable que el interesado conserve una copia de todo lo enviado y que esté atento a nuevas comunicaciones, dado que el siguiente paso será el de superar el tribunal médico.

Revisión por parte del tribunal médico

Uno de los momentos más críticos del proceso es la visita al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), comúnmente conocido como tribunal médico. Su misión no es juzgar ni poner en duda al paciente, sino valorar hasta qué punto su dolencia afecta a su capacidad para desempeñar su trabajo habitual o cualquier otro tipo de empleo.

Durante esta revisión, el personal médico estudia informes clínicos, antecedentes, pruebas diagnósticas y cualquier otra información relevante. Es importante ir preparado: llevar un informe médico actualizado, resumido y claro puede marcar la diferencia. No se trata de exagerar los síntomas, sino de mostrar de forma objetiva cómo influye la enfermedad en la vida diaria.

Muchos temen este paso, sobre todo por las historias que circulan en redes sociales. Pero lo cierto es que el tribunal debe aplicar criterios técnicos y legales, no subjetivos. Su objetivo no es pillar al paciente, sino determinar el grado de incapacidad real y si este es compatible con el trabajo. No todas las enfermedades, por graves que sean, derivan en una pensión; lo esencial es cómo interfieren en el ámbito laboral.

Plazos, resoluciones y grados de incapacidad

Una vez que el proceso ha comenzado y el tribunal médico ha hecho su evaluación, la Seguridad Social tiene un plazo máximo de 135 días hábiles para comunicar su decisión. Es decir, el solicitante debería recibir una carta, antes de que pasen seis meses laborales, donde se indique si se le concede o no la pensión, y en caso afirmativo, con qué grado.

Los grados de incapacidad permanente pueden ser varios: parcial, total, absoluta o gran invalidez. Cada uno conlleva distintas prestaciones económicas y condiciones. Por eso, el resultado de este procedimiento puede cambiar radicalmente la vida del afectado, no solo en lo económico, sino también en lo emocional y laboral.

Si se aprueba la pensión, el beneficiario comienza a recibir la prestación con efectos retroactivos desde la fecha que se establezca en la resolución. En cambio, si se deniega, siempre se puede presentar una reclamación previa o acudir a la vía judicial. Aquí es donde el apoyo de un abogado especializado puede ser decisivo.

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