Si eres jubilado mutualista y te tienen que pagar el IRPF, Hacienda tiene un mensaje para ti: importante
Hacienda ya está procediendo a la devolución del IRPF a los jubilados mutualistas


Hacienda ha mandado un mensaje a los mutualistas jubilados que están esperando una devolución del IRPF. La Agencia Tributaria ya está procediendo con los pagos pendientes a los pensionistas que en su día cotizaron de más a mutualidades laborales. Esta decisión llega después de que el Congreso diera el visto bueno para devolver las cantidades millonarias pendientes a este grupo de jubilados. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la devolución del IRPF a los mutualistas jubilados.
Hacienda ya se está poniendo al día con los mutualistas jubilados después de que el Congreso aprobara el regreso al pago único con la enmienda introducida en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de vehículos a motor. Así que desde el mes de septiembre la Agencia Tributaria ha procedido a la devolución del IRPF pendiente a los jubilados que en su día cotizaron de más a mutualidades laborales. En su día se calculó que había 4,8 millones de afectados que se podrán beneficiar de la 707/2023 del Tribunal Supremo.
Esta orden del Alto Tribunal obligaba a Hacienda a devolver el 100% del IRPF pagado de más por los mutualistas antes de 1967 y el 25% de los que lo hicieron entre 1967 y 1968. Esto corresponde a los ejercicios de 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos. Así que desde el mes de septiembre la Agencia Tributaria ha procedido con la devolución que puede llegar a ser hasta de 4.000 euros para los mutualistas jubilados, que tendrán que rellenar un formulario habilitado en la página web oficial de la Agencia Tributaria.
Los plazos de Hacienda para devolver el IRPF
Una vez confirmado el regreso al pago único meses después de cancelar los pagos tras haber devuelto 1.300 millones y haber aplazado la devolución hasta 2028, desde Hacienda han querido mandar un mensaje a los mutualistas jubilados que están esperando la devolución pendiente. Todo tiene que ver con el proceso para poder reclamar las cantidades pendientes por lo cotizado de más en su día.
Así que la Agencia Tributaria ha confirmado mediante un mensaje publicado en su canal habilitado para la devolución a los mutualistas que esta será efectiva «mediante la presentación del formulario de solicitud de devolución puesto a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria». «Desde el 2 de abril de 2025 (nuevo formulario) se autoriza a la Agencia Tributaria a la tramitación de las solicitudes de devolución por DT2 de los ejercicios 2020, 2021 y 2022», ha informado.
Con respecto a los plazos para poder presentar el formulario, la Agencia Tributaria ha confirmado que los mutualistas jubilados que lo hubieran presentado antes del 26 de julio de 2025 no necesitan volver a presentarlo. Para los que no hubieran reclamado la devolución con fecha antes de esta fecha, desde Hacienda han fijado los siguientes plazos:
- El 2 de febrero de 2026 para que tenga efectos sobre IRPF 2020, 2021 y 2022.
- El 2 de febrero de 2027 para que tenga efectos sobre IRPF 2021 y 2022.
- El 2 de febrero de 2028 para que tenga efectos sobre IRPF 2022.
Hacienda tiene un límite para devolver el dinero
Hacienda tiene un límite para proceder a la devolución del IRPF a los mutualistas jubilados y es el próximo 31 de diciembre. En caso de no haber resuelto la situación antes de esta fecha, tendrá que abonar las cantidades correspondientes con un interés de algo más de un 4%. Aun así, lo normal es que se ponga al día en las próximas semanas en los casos de las solicitudes más sencillas.
Los formularios más complejos serán resueltos con más demora, pero siempre antes del 31 de diciembre. Así que de aquí a Navidad parece que Hacienda habrá solventado sus dedudas con los jubilados que en su día cotizaron a mutualidades laborales y se vieron perjudicados por un error de la Agencia Tributaria.
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