Renta 2018

Renta 2018: ¿cuáles son las deducciones por una donación a la Iglesia y a una ONG?

Los expertos de Legálitas dan respuesta a las dudas sobre si son deducibles los donativos a las entidades sin ánimo de lucro.

Renta 2018: ¿cuáles son las deducciones por una donación a la Iglesia y a una ONG?
Renta 2018.

Existen dos grandes grupos diferenciados en cuanto a las deducciones por donativos, esto es, los donativos realizados a entidades incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y los que no están incluidos dentro de esta normativa.

Por ejemplo dentro de las primeras nos encontramos con las entidades de la Iglesia Católica contempladas en los artículos IV y V del Acuerdo sobre Asuntos Económicos suscrito entre el Estado español y la Santa Sede y las entidades de otras iglesias, confesiones o comunidades religiosas, que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español.

Las deducciones pueden variar y oscilar entre un 10% y un 80% de las cantidades donadas. Dependiendo de lo anteriormente indicado, también afecta qué tipo de entidades sean y cuáles son las aportaciones, etc.

Por ello, cuando hacemos una aportación a la Iglesia o a una ONG normalmente dichas entidades declaran el importe donado y habitualmente ya viene reflejado en la autoliquidación, aunque siempre se recomienda que sea revisado.

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