CONSUMO

Hacienda confirma el palo si pagas con tarjeta a partir de 2026: van a ir a por ti

Hacienda introduce cambios a la hora de pagar con tarjeta a partir de 2026

Hacienda tarjeta 2026
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

Hacienda ya ha confirmado algunos cambios que entrarán en vigor en el año 2026. A partir del próximo 1 de enero, el ministerio que dirige María Jesús Montero pondrá aún más el foco en todos los movimientos de dinero que se realicen con tarjeta de crédito, débito o dinero electrónico. La Agencia Tributaria quiere tener controladas todas las transacciones que se realicen a través de estos medios y por ello los bancos tendrán la obligación de informar cuando se superen ciertas cantidades. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre los cambios que prepara Hacienda con el pago con tarjeta.

La Agencia Tributaria ha confirmado los cambios que vienen en 2026 en una publicación realizada en su página web oficial. «Modificaciones en materia de obligaciones de información», reza esta información publicada el pasado 2 de abril de 2025, en la que se informa de todas las obligaciones de las entidades financieras con respecto a los movimientos de dinero de los ciudadanos. Todo con la firme premisa de perseguir e intentar acotar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.

Esta nueva modificación que se introducirá en 2026 y que es una decisión de Hacienda con el pago con tarjeta viene establecida en el Real Decreto 253/2025, que modifica una serie de artículos que están dentro del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Son los siguientes:

  •  Artículo 37 sobre la obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras.
  • Artículo 38 sobre la obligación de informar acerca de préstamos y créditos, y de movimientos de efectivo.
  • Artículo 38 bis sobre la obligación de informar acerca de los cobros efectuados mediante cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil.
  • Artículo 38 ter sobre la obligación de informar acerca de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas.

Hacienda y las tarjetas en 2026

Hacienda introducirá un nuevo cambio en el límite de pago con las tarjetas de crédito y esto está recogido en el artículo 38 ter que se refiere a la «obligació nde informar acerca de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas».

«Vendrán obligadas a presentar una declaración informativa anual acerca de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, con soporte físico o virtual, que ofrezcan funciones de efectivo, débito, débito diferido, crédito y dinero electrónico, en cualquier moneda», dice el punto número 1 de este Real Decreto.

El artículo 38 ter del Real Decreto 1065/2007. (Foto: BOE)

En el punto número 2 de este artículo también informa que «quedan excluidas de la presente obligación informativa las tarjetas cuyo importe total de cargos y cuyo importe total de abonos registrados en el ejercicio hayan sido inferiores a 25.000 euros». Así que la decisión de Hacienda con respecto al pago con tarjeta es que los que tengan menos de 25.000 euros en abonos registrados no tendrán esta obligación informativa.

En caso de superar estas cantidades, la información a suministrar a la administración tributaria es la siguiente:

  • Número de contrato formalizado por la entidad para la emisión de tarjetas.
  • Datos identificativos de los titulares del contrato.
  • Tipo de tarjeta.
  • Número de tarjeta (PAN) asociada al contrato.
  • Número de abonos y su importe total.
  • Número de cargos y su importe total.
  • Identificación de la cuenta, en su caso, a la que se vincula la operativa de la tarjeta, mediante su Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN).

Más cambios de Hacienda en 2026

Este nuevo Real Decreto también modifica el artículo 37, que habla de la «obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras». Por ello, a partir del 1 de enero los bancos tendrán la obligación de informar a Hacienda sobre los siguientes datos:

  • La identificación completa de las cuentas.
  • Los datos identificativos de las personas o entidades que sean sus titulares.
  • Los saldos de las cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año.
  • Los importes totales de los cargos y abonos del ejercicio.

Lo último en Economía

Últimas noticias