TRIBUNALES

Guerra judicial de Huawei en España contra el mercado de la reparación de los dispositivos móviles

La multinacional china quiere que las marcas mantengan el derecho exclusivo sobre cualquier componente de sus equipos: el poder sobre la obsolescencia programada

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Guerra judicial de Huawei
Guerra judicial de Huawei

El gigante chino de tecnologías de la información y fabricante de dispositivos Huawei ha promovido una guerra judicial en España para doblegar la legislación e imponer la obsolescencia programada a criterio exclusivo de los fabricantes. El litigio abierto por Huawei pretende ilegalizar el uso de cualquier pieza o componente de los diferentes dispositivos electrónicos que dependen de su marca. Si se acepta su pretensión, la consecuencia se trasladará a componentes de cualquier otra marca. Y todo esto cuando el gigante chino se enfrenta a los vetos de Estados Unidos y de buena parte de sus aliados por la sospecha de que las tecnologías que suministra Huawei puedan suponer un riesgo a la seguridad nacional de esos países y servir a los intereses del régimen de Pekín.

Con el pleito que ha desplegado Huawei ante la Justicia de España, el gigante chino busca mantener el control exclusivo sobre el uso de sus dispositivos y componentes después de vendidos y de forma indefinida en el tiempo. Una petición que, según los denunciados, choca contra el principio legal denominado agotamiento de la marca, el que establece que una vez sacado el producto al mercado y comprado por un titular, la persona que lo adquiere puede hacer lo que considere con el terminal sin necesidad de pedir permiso a la empresa, en este caso a Huawei.

La compañía, sin embargo, entiende que el derecho de la propiedad industrial de sus dispositivos y de todas las partes que los integran deben ser protegidos de forma indefinida, y que el reaprovechamiento y recomercialización al margen de la marca son constitutivos de un delito por infracción de ese derecho.

Esta batalla judicial viene de lejos. Se remonta a 2020, cuando un despacho de abogados especializado en derecho de propiedad industrial que representa a conocidas marcas, React Spain, emprendió acciones contra el uso de componentes electrónicos reutilizados y destinados a la reparación de dispositivos por parte de empresas especializadas en estos trabajos, al margen de las marcas vendedoras de los productos nuevos.

Son múltiples –entre ellos multinacionales– las compañías que se dedican al negocio del reaprovechamiento, reacondicionamiento y reparación de dispositivos con piezas de equipos. Eso prolonga la vida útil de los equipos, esquiva la llamada obsolescencia programada. A Huawei, sin embargo, no le convence por entender que perjudica su negocio de producto nuevo.

Archivada en tres ocasiones

La batalla legal que inicialmente planteó React Spain no surtió efecto, pero Huawei logró resucitarla casi un año después. Curiosamente, consiguiendo un cambio radical de criterio del mismo juez instructor que por tres veces había archivado la causa inicial, de acuerdo con la Fiscalía que, también, viró después a favor de las pretensiones procesales del gigante chino. Ahora el litigio está en un momento crucial, en la recta final de la instrucción que puede derivar en la apertura de juicio o en el sobreseimiento.

React –y luego Huawei– eligieron como objetivo de denuncia a dos empresas españolas e interrelacionadas, en vez de actuar contra todos quienes trabajan en el campo del reacondicionamiento y reparación de dispositivos. Así, los denunciados son Klicfon, dedicada a reaprovechar piezas y componentes de dispositivos originales que terminan su vida útil como equipos en sí mismos; y Manzana Rota, una franquicia de establecimientos  que reparan teléfonos móviles con piezas que le compra a Klicfon. Esta última, Klicfon, pertenece a tres socios, uno de los cuales es, a su vez, dueño de Manzana Rota.

La primera denuncia de React fue archivada por el titular del juzgado de Instrucción 6 de Málaga, Juan Carlos Velasco, el 2 de marzo de 2021. Tras un informe pericial y una nueva petición de apertura de investigación, el mismo juez, de acuerdo con el fiscal, dictó un nuevo auto de sobreseimiento el 6 de mayo del mismo año. Y, tras otro informe policial y otra solicitud de acciones, el magistrado decidió por tercera vez el sobreseimiento, de acuerdo también con el fiscal, el 11 de diciembre de 2021.

Cambio de criterio

Parecía claro que no había caso. El juez, de acuerdo con la Fiscalía, lo había reiterado. Pero ambos cambiaron radicalmente de criterio a principios de 2022, a raíz de que en enero de ese año, sorpresivamente, Huawei España solicitara su personación como acusación a título propio. Presentó un recurso de reforma y subsidiario de apelación. Alegó que no había recibido en su día un adecuado ofrecimiento de acciones. El resultado fue que, el 14 de marzo de 2022, el mismo juez que por tres veces había archivado la causa decidió reabrirla y, además, decretar el secreto de sumario de acuerdo con la Fiscalía.

En medio de este enrevesado engranaje judicial, el juez dio un paso que ha complicado aún más el proceso: ha deducido (abierto) una pieza por cada establecimiento o empresa en la que ha intervenido la Policía en el marco de esta investigación. Hubo un total de 42 detenciones entre Klicfon, Manzana Rota y sus establecimientos franquiciados. Además de la causa principal contra Klicfon y Manzana Rota, hay otras 25 contra trabajadores y dueños de franquicias de esta última.

La Fiscalía no logra un pacto

A los tres dueños de Klicfon, entre ellos el propietario de Manzana Rota, se les imputan los delitos de organización criminal y contra la propiedad industrial. A los acusados de las franquicias solo el delito contra la propiedad industrial. A estos últimos la Fiscalía les ha ofrecido, sin éxito, que firmen un acuerdo, una condena de conformidad que les supondría saldar el asunto con una condena de cuatro meses de prisión y poco más de mil euros de indemnización a Huawei en España.

«Todos han rechazado el pacto con la Fiscalía», explica a OKDIARIO la abogada que defiende a los acusados, Raquel Rodríguez Barba. «No se consideran culpables de ningún ilícito, como tampoco los dueños de Klicfon y de Manzana Rota», subraya, y alega en su defensa lo que en su día informó, a petición de esta letrada, la Oficina de Patentes y Marcas: que es lícito proceder a la reparación de terminales móviles utilizando para ello componentes reacondicionados y remanufacturados, porque «estamos ante un supuesto del denominado agotamiento de la marca, el fabricante ha perdido sus derechos en el momento que lo saca por primera vez al mercado y lo vende».

Huawei en España es la única marca que ejerce la acusación particular en este caso. Pide 95.440,80 euros en concepto de supuestos daños. Apple, que no se ha personado como acusación, simplemente ha presentado un escrito en el que, por su parte, reclama 20.499,60 euros.

Consecuencias legales

Más allá de los importes, el fondo del asunto es la consecuencia legal que tendría una sentencia de este calibre. Y no solo en España, sino que por extensión podría afectar al propio mercado europeo, al ser este un asunto reglado también por normativas comunitarias.

«En el fondo, lo que pretende Huawei es que el fabricante sea el que decida unilateralmente cuándo muere su producto por completo, sin posibilidad alguna a reaprovechamiento de sus componentes y a reparaciones», explica la letrada de la defensa. «El problema es que ese es un objetivo ilícito, que va en contra del principio legal del agotamiento del derecho, recogido tanto por las directivas comunitarias como por la española ley de marcas», insiste Raquel Rodríguez. Más aún –subraya– cuando todo el proceso de reaprovechamiento y reparación se realiza declarando expresamente al consumidor que se están utilizando piezas reacondicionadas.

Las posturas están enfrentadas y está por ver cómo acaba este litigio. En estos momentos la instrucción judicial encara su recta final. Sólo se está a la espera de que lleguen los últimos informes y de conocer la petición fiscal para conocer qué postura adoptan las partes y, con todo ello, que el juez decida si archiva o abre el camino hacia el juicio oral.

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