Reto de la Financiación

Qué esconden las hipotecas fijas y mixtas

Desahucios
Foto: ISTOCK

En un contexto de recuperación de las operaciones de compraventa, las entidades financieras han decidido realizar distintas ofertas de préstamos hipotecarios para atraer a empresas y particulares. En este contexto, existe un punto que diferencia la situación actual de la de hace unos años: los bajos tipos de interés. El Euribor se encuentra en números negativos, hecho que lesiona los márgenes de las entidades, que han buscado nuevas fórmulas para asegurarse un margen por operación. Así, van ganando peso dos tipologías de hipotecas:

  • Tipo mixto: consiste en afrontar un tipo fijo durante los primeros años y, a partir de entonces, otro referenciado a la evolución del Euribor.
  • Tipo fijo: mantiene el mismo interés por toda la vida del préstamo. De esta forma, la empresa o persona sabe el importe que deberá afrontar como cuota hasta el final del préstamo. En este caso, encontramos un tipo que es más elevado del que se afrontaría ahora mismo en tipo variable pero, por otro lado, se estima que será inferior al de aquí unos años, ya que se espera que el Euribor suba hasta valores parecidos a unos años.

¿Qué aspectos hay que vigilar del tipo mixto?

Las entidades financieras han mostrado especial interés en ofrecer hipotecas a tipo mixto. Fijémonos en sus características: al principio, ofrecen un tipo fijo que es sensiblemente más elevado al tipo variable actual. En cambio, de aquí unos años, cuando se cree que el Euribor subirá, se pasa a un tipo variable. Por lo tanto, si se cumplen las previsiones, el tipo se mantendrá alto y a unos valores superiores al de una hipoteca a tipo fijo. Así pues, existe el riesgo que el cliente acabe pagando un sobrecoste tanto en el corto y medio plazo como en el largo.

¿Se recomendaría, entonces, tal tipología? En un principio, para aquellos perfiles más conservadores, puede ser más adecuada una hipoteca fija antes que correr el riesgo que tener que afrontar un interés mayor más adelante.

¿Qué es la comisión por riesgo de tipo de interés?

Se trata de una comisión que muchas entidades están estableciendo en las hipotecas de tipo fijo y que supone un sobrecoste considerable por los clientes. En este tipo de hipotecas encontramos comisiones de desistimiento muy considerables, pero ahora han añadido ésta.

En caso que el cliente decida amortizar de forma anticipada, ya sea de forma parcial o total, el préstamo hipotecario, se aplica esta comisión (que puede llegar hasta al 4 o 5%) para compensar a la entidad por la pérdida de tipo de interés que sufre.

Así pues, es otro aspecto relevante que hay que vigilar al formalizar el préstamo hipotecario, ya que limita de forma importante la capacidad para afrontar de forma anticipada el total del préstamo.

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