Cuenta atrás para la primera convocatoria del Kit Digital: estos son los requisitos para pymes y autónomos
Kit Digital es el programa de ayudas financiado por la Unión Europea a través de del fondo NextGenerationEU, para impulsar la transformación digital de más de un millón de empresas y autónomos. El Kit Digital contempla una serie de soluciones digitales en diferentes áreas, que podrán desarrollar los agentes digitalizadores sobre aquellas pymes que soliciten la ayuda, para evolucionar y mejorar su negocio. Gracias a este programa, las pymes disponen de «bonos digitales» de hasta 12.000 euros, para invertir en servicios que impulsen su madurez digital.
Para ser beneficiarias del bono Kit Digital las empresas del Segmento I tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser pequeñas empresas o trabajadores autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
- Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
- Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
- Si se ha realizado un cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria Foral y viceversa, se tendrá en consideración el período que haya permanecido inscrito en ambos.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
Sin embargo, no podrán ser beneficiarias del Bono Digital todas las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación de soluciones de digitalización, así como las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
¿Cómo se solicita?
Las pymes y autónomos deberán solicitar su Bono del Kit Digital a través de un solicitante, representante legal o representante voluntario autorizado únicamente a través del formulario automatizado que encontrarán habilitado en la Sede Electrónica de Red.es. Este formulario también será accesible desde el portal Acelera Pyme e incluirá:
- NIF del solicitante.
- Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
- Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
- Teléfono y datos de contacto.
- En su caso, autorización del representante voluntario.
- Los representantes voluntarios deberán aportar junto a la solicitud una autorización de representación voluntaria. Podrán descargarla en la Sede Electrónica de Red.es.
Recordar que como paso previo a la solicitud de las ayudas para mejorar la transformación digital, se realizará un test de autodiagnóstico al que podrán acceder todas las pymes para conocer cómo es el estado de digitalización de la misma y descubrir en qué aspectos debe mejorar. Este test se realizará en la plataforma Acelera Pyme.