El Colegio de Abogados de Madrid, institución colegial más grande de Europa, no hace contrato a sus becarios

José María Alonso, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, ICAM (Foto: OKD).
José María Alonso, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, ICAM (Foto: OKD).
Borja Jiménez

El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), la institución colegial más grande de Europa, ha sido cazada por Inspección de Trabajo, que ha sancionado al organismo con más de 350.000 euros por no hacer contrato a 25 de sus becarios, algunos de los cuales comenzaron a ejercer en 2016. Además, el acta señala al Colegio de Abogados de Madrid por «no formarles».

Ni educación, ni contrato. Así han estado 25 becarios del Colegio de Abogados de Madrid, que cuenta con más de 78.000 colegiados, hasta que Inspección de Trabajo obligó a la institución a hacer los pertinentes contratos para que los afectados pudieran cotizar a la Seguridad Social.

«Los hechos descritos, consistentes en no haber solicitado el alta de los trabajadores con carácter previo al inicio de la prestación de servicios, así como la consiguiente falta de cotización, constituyen infracción de lo dispuesto en los artículos 15.1, 2 y 3; 19.1, 26.1, 100.1, 102.1, 103.1, 104.1, 106.1, 2, 3 y 4 de la Ley General de la Seguridad Social», tal y como explica el acta de la Inspección de Trabajo, a la que ha tenido acceso en exclusiva OKDIARIO.

«Queda establecida también la inclusión de los trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social, tramitándose las correspondientes altas de oficio en el Régimen General y promoviéndose la presente acta de liquidación hasta la fecha de efectos de la actuación de Inspección, procediendo reclamación de deuda por las cuotas posteriores», señala la misma.

Además, Trabajo es claro a la hora de subrayar que «el interés preponderante de una beca es la formación de la persona que realiza la práctica no laboral», una circunstancia que «no se produce en el presente supuesto». De hecho, continúa el acta, «las becas no cumplen ninguna finalidad formativa (más allá, como señala la jurisprudencia de la que se obtiene de la realización de un trabajo), no existiendo formación vinculada ni obligatoria, n1 de carácter lectivo ni práctica».

Prácticas

Las prácticas de este tipo en el Colegio de Abogados pueden llegar a alcanzar los tres años de duración y, según han declarado algunos de los afectados a OKDIARIO, nunca se ha formado a los becarios, sino que, más bien, se les ha utilizado para hacer aquellos desempeños que nadie quiere hacer. «Estamos contentos, porque nos tratan relativamente bien, pero ni nos forman y, gracias a esta Inspección, hemos sabido que tampoco estábamos cotizando a la Seguridad Social. Estamos muy sorprendidos», explica un abogado afectado por esta ‘mala praxis’ de la institución.

El acta, de hecho, pone de relieve este hecho: «Las labores tienen escasa proyección formativa y, por el contrario, son necesarias para el funcionamiento o la actividad de gestión de la empresa». Debido a ello, Trabajo ha sancionado al Colegio de Abogados de Madrid con más de 350.000 euros.

La proporción de becarios en relación con el personal contratado por la empresa, además, es «significativa». «Los becarios asumen, además, la realización de trabajo que forma parte de la actividad ordinaria de la empresa y que, de no realizar éstos, tendrían que ser llevados a cabo por personal por cuenta ajena del ICAM».

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