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Claves para entender el Decreto de Cataluña que Uber y Cabify no aceptan

Las claves para entender el nuevo Decreto aprobado por el Govern que obliga a contratar los servicios de los vehículos VTC con 15 minutos de antelación

Claves para entender el Decreto de Cataluña que Uber y Cabify no aceptan
VTC en Barcelona. Foto: Europa Press

El Govern ha aprobado finalmente este martes el Decreto Ley que obliga a que los vehículos de alquiler con conductor (VTC), los que dan servicios a plataformas como Uber y Cabify, se contraten en Cataluña con una antelación mínima de 15 minutos, tiempo que los ayuntamientos y entes supramunicipales podrán elevar además a una hora. Estos son algunos de los aspectos clave del nuevo Decreto.

Precontratación

El Decreto Ley establece que deberán pasar al menos 15 minutos entre que se contrata un vehículo VTC y este presta el servicio. Además, el Decreto establece que el Govern y las entidades locales pueden determinar las condiciones de precontratación adecuadas en cada caso.

Estos 15 minutos, se proponen como una medida ‘eficaz’, y reducen significativamente el intervalo propuesto por los taxistas que llegaba a alcanzar las seis horas de ‘precontratación’.

Estacionamiento

Otra de las claves de este Decreto es que los vehículos VTC no podrán circular por las vías públicas captando clientes y deberán estacionar en aparcamientos o garajes específicos hasta recibir una nueva reserva de un cliente.

Geolocalización

Además, el Decreto Ley prohibe a los conductores tener activada la geolocalización de sus vehículos por lo que los clientes no podrán ubicarlos con carácter previo a la contratación. Esta solo se podrá activar una vez el usuario haya reservado el servicio.

Control y sanciones

El Decreto establece que las diferentes entidades locales pueden llevar a cabo un registro de vehículos, que presten este servicio en su ámbito territorial, para poder proyectar adecuadamente sus competencias. También establece que la policía nacional ha de exponer las infracciones detectadas en los órganos administrativos correspondientes, ya sea la Generalitat, el Área Metropolitana de Barcelona o los ayuntamientos.

Entrada en vigor

La nueva norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DUOGC). A partir de ese momento, el Parlamento Catalán tendrá un mes para convalidarlo.

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