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Buenas noticias si cobras el salario mínimo: Hacienda corrige el error del IRPF

Salario mínimo
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Durante los últimos meses, el tratamiento fiscal del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha estado en el centro del debate político en España. Una aparente contradicción entre la normativa vigente y su aplicación práctica ha generado malestar entre quienes cobran el SMI y, paradójicamente, se veían obligados a adelantar impuestos que, en teoría, no debían pagar. La polémica surgió cuando se descubrió que la devolución del IRPF prometida para estos trabajadores se quedaba a la mitad, debido a un error en la redacción de la ley que sólo contemplaba la devolución correspondiente a la parte estatal del impuesto, dejando fuera la autonómica.

Esta situación ha causado incertidumbre tanto entre los afectados como entre asesores fiscales y expertos tributarios. Frente a las críticas y advertencias, el Ministerio de Hacienda ha dado un paso atrás y ha prometido modificar el texto legal para garantizar que los trabajadores que perciben el SMI puedan recuperar la totalidad del IRPF retenido durante el ejercicio fiscal 2025. Esta rectificación llega tras intensas negociaciones dentro del Ejecutivo y refleja tanto la complejidad del sistema fiscal español como las tensiones políticas internas sobre cómo se debe abordar la justicia tributaria en el país.

Hacienda garantiza la devolución total del IRPF a los perceptores del SMI

La controversia comenzó cuando el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), organismo vinculado al Consejo General de Economistas, detectó una inconsistencia técnica en la legislación que regula la devolución del IRPF a las personas con ingresos iguales o próximos al SMI. Concretamente, el problema residía en que el mecanismo de reembolso establecido sólo aplicaba sobre la parte estatal del impuesto, sin contemplar la autonómica.

Dado que el IRPF se compone en partes iguales de una cuota estatal y otra autonómica, el efecto práctico era que quienes cobran el salario mínimo sólo iban a recibir el 50% de lo retenido, unos 170 de los 340 euros anuales estimados.

Este «despiste legislativo», como lo calificó el propio REAF, afectaba a los trabajadores más vulnerables: empleadas del hogar, personal de limpieza, camareros, auxiliares y otros colectivos con contratos a jornada parcial o empleos poco remunerados. Paradójicamente, muchos de estos ciudadanos, que por ley no deberían tributar, se veían obligados a anticipar pagos que después no podían recuperar del todo.

Desde Hacienda se insistía inicialmente en que la interpretación del REAF era discutible. Sin embargo, para evitar una posible oleada de recursos, reclamaciones o polémicas en plena campaña electoral, se optó por enmendar el fallo y garantizar que la devolución alcance tanto a la cuota estatal como a la autonómica del IRPF. Esta corrección se introducirá durante el trámite parlamentario del proyecto de ley al que se ha adherido esta deducción: una norma sobre responsabilidad civil y seguros de vehículos a motor que se encuentra en proceso de aprobación.

Un diseño tributario defectuoso desde su origen

El esquema que había planteado el Gobierno contemplaba que quienes perciben el SMI comenzaran a ver retenciones en sus nóminas a lo largo de 2025. El incentivo era que, al hacer la declaración de la renta en 2026, pudieran recuperar la totalidad de lo retenido gracias a una deducción diseñada específicamente para ese fin. Sin embargo, los expertos del REAF identificaron rápidamente que el beneficio fiscal se estaba aplicando sólo sobre el artículo 67 de la Ley del IRPF, que regula la cuota líquida estatal, mientras que no se modificaba el artículo 77, que afecta a la cuota autonómica.

Este error generaba una clara desigualdad regional, ya que el impuesto sobre la renta varía ligeramente de una comunidad autónoma a otra debido a las competencias normativas que tienen sobre su tramo correspondiente. Así, mientras que en comunidades como Madrid la pérdida era de unos 117 euros, en Asturias ascendía a cerca de 179 euros, al tener esta región un tipo mínimo superior (10%) al del tramo estatal (9,5%).

Asturias, la excepción

Aunque la corrección de la ley permitirá, en principio, que los trabajadores con SMI recuperen el 100% del IRPF retenido en 2025, hay una excepción significativa: el Principado de Asturias. Al contar con una tarifa mínima superior a la estatal, la deducción aprobada no cubrirá por completo el total retenido en esa comunidad. Se estima que sus trabajadores con SMI aún deberán pagar unos 8,72 euros de impuesto efectivo, pese a estar por debajo del umbral considerado como sujeto pasivo.

Este tipo de anomalías refuerza la idea de que una deducción de tipo fijo puede no ser suficiente para corregir desigualdades territoriales. Desde el REAF se ha propuesto diseñar una deducción ajustable por comunidad autónoma, lo que permitiría cubrir la totalidad del impuesto incluso en regiones con tarifas superiores. Esta alternativa permitiría que ningún contribuyente con SMI pague más que en otra comunidad por el simple hecho de residir en un territorio con mayores tipos impositivos.

La corrección del fallo legislativo que impedía devolver íntegramente el IRPF a quienes cobran el SMI es, sin duda, una buena noticia para la equidad fiscal en España. Sin embargo, también pone de manifiesto las limitaciones del actual diseño tributario y la necesidad de una mejor técnica legislativa.

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