Banco Sabadell, condenado por colocar derivados financieros a jardineros
El juzgado de primera instancia nº 29 de Barcelona ha condenado al Banco Sabadell a devolver las liquidaciones negativas practicadas por un derivado financiero (en concreto, un swap) colocado a una pequeña empresa de jardinería sin que esta fuera consciente del alto riesgo que supone este tipo de producto.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso OKDIARIO, la juez señala que la entidad financiera que preside Josep Oliú, no cumplió con sus obligaciones de “diligencia y transparencia en defensa de los intereses del cliente”.
Además, la magistrada considera que el banco no informó al cliente de que “el riesgo ilimitado” de este producto financiero “no es sólo teórico” y que “no se ofreció un producto idóneo no se informó adecuadamente sobre la naturaleza del producto”.
Según indica el socio director del despacho Navas&Cusi que ha dirigido la acusación, Juan Ignacio Navas, el Sabadell “abusó de la confianza y se colocó un producto totalmente inadecuado para una pyme de clarísimo perfil conservador”.
La defensa del banco indica que el cliente firmó la contratación del citado swap manifestando ser consciente de los riesgos que contraía, a lo que la juez responde que se trata de una “una cláusula tipo en un contrato estereotipado sin posibilidad de negociación”, como sucede en la mayoría de los productos financieros, como en el caso de las cláusulas suelo de las hipotecas o el escándalo de las preferentes.
La sentencia concluye que la empresa de jardinería fue víctima de un “error inducido”, y obliga al Sabadell a devolver los 50.000 euros en saldos negativos, condenando al banco al pago de las costas. “No era de recibo que una pyme que saca con esfuerzo su actividad fuera víctima del atropello y de la mala praxis bancaria; las aguas vuelven a su cauce”, explica Navas.
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