Fin del plazo para presentar alegaciones

Los administradores acusan a Sánchez de ir en contra de la directiva europea en la nueva ley concursal

administradores concursales
Fotomontaje de Pedro Sánchez.

La nueva ley concursal de Sánchez ha levantado ampollas entre los profesionales del sector. El anteproyecto presentado en el mes de agosto y con sólo 22 días para presentar alegaciones no cumple con el objetivo de trasponer la directiva europea, sino que, más bien va en contra de la misma. Lo que sí ha hecho el presidente del Ejecutivo con la nueva ley es batir un récord mundial: España será el único país en el que la figura del administrador concursal quede totalmente relegada.

La delicada situación económica actual ha sido en parte mitigada por el avance de la campaña de vacunación; sin embargo, las insolvencias siguen multiplicándose aun estando en plena moratoria concursal. Cuando finalice y si no hay cambios en el anteproyecto de Ley, los procedimientos concursales desbordarán los juzgados, y la desaparición de la figura del administrador concursal, supondrá su colapso definitivo.

El anteproyecto de ley publicado casualmente en el mes de agosto, periodo en el que los administradores concursales interrumpen su actividad -dado que es un mes inhábil en los juzgados-, culpa a los profesionales de la ralentización de los concursos y recoge la eliminación de su figura en 2.700 procesos cada año, lo que supone el 90% de su actividad.

Uno de los puntos más controvertidos del texto es el procedimiento especial para microempresas -aquellas que presentan un pasivo de hasta dos millones de euros-, en el cual se prescinde de la figura del administrador concursal para agilizar los trámites. Dado que el 90% de las empresas que se encuentran en concurso responden a esta característica, este ‘régimen especial’ se convierte en el procedimiento más generalizado del sector, reduciendo el número de concursos que requieren de administrador de 3.000 a 250 cada año.

Una cifra excesivamente reducida para los más de 12.000 administradores concursales que ejercen en España. Un colectivo que siente que el Gobierno de Pedro Sánchez esta demonizando su figura: una de las ideas que se deducen del texto es que son los administradores los responsables de la ineficiencia del sistema, introduciendo sanciones de una cuantía que supera la mitad de sus honorarios en el caso de incumplimiento de los plazos.

Diego Comendador, presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) señala que la dilatación de los procesos -por la que Sánchez quiere sancionar a los administradores- es en mayor medida responsabilidad de los juzgados, por lo que la responsabilidad de los profesionales del sector en los tiempos relacionados con los concursos es muy limitado.

Y la nueva ley no viene a reducir la ineficiencia del sistema precisamente. La eliminación de la figura del administrador concursal en 2.700 procesos anualmente no va a hacer más que acentuar el problema. El anteproyecto del Gobierno recoge que serán los deudores los que mediante formularios telemáticos vuelquen los datos de pagos y proveedores al juzgado, generando un mayor colapso, dado que será el propio juzgado quien deba asumir la gestión que en estos momentos asumen los administradores.

Asimismo, la creación de un experto en reestructuraciones indefinido, que no presenta más requisitos legales que tener experiencia, que es propuesto por una parte interesada como es el el deudor y sobre el que el juez no tiene ninguna capacidad de nombramiento separada, es un sinsentido para los profesionales del sector.

“¿Da más confianza un profesional designado por el deudor que un profesional designado por un juez? ¿Qué necesidad hay de crear esta nueva figura cuando los administradores concursales ya son expertos contrastados en reestructuración a quienes además se les va a exigir un examen para la práctica según el propio anteproyecto?” afirma Unai Olabarrieta, vicepresidente de ASPAC.

Segunda oportunidad

La nueva Ley Concursal contiene una «excesiva protección» del crédito público en detrimento de un concepto fundamental: la continuidad de la empresa, además de que se elimina totalmente el objetivo de la segunda oportunidad si no existe la exoneración del crédito público. El anteproyecto, deja fuera de los procesos de segunda oportunidad a más de 3,4 millones de microempresas en España, siendo el comercio, la hostelería y el inmobiliario los sectores más afectados al ser los que tienen mayor porcentaje de insolvencias.

«Es un proyecto estatalizante y nada proclive a la preservación del empleo ni de la estructura empresarial española formada en un 94% por micropymes», afirma Alex Munné, presidente de ANEES. Estas empresas, de menos de 10 trabajadores, suponen el 94% del tejido empresarial español y están experimentando un fuerte incremento de procesos concursales, con casi 4000 en lo que va de año en especial en sectores sensiblemente afectados por la pandemia como han sido hostelería y comercio.

La idea que subyace en la reforma legal desde la exposición de motivos es la de reducir la saturación de la justicia y agilizar trámites, pero la realidad es que en ámbitos como la ‘segunda oportunidad’ hay vacíos legales que van a provocar el efecto contrario del deseado incrementando la judicialización de muchos procesos y, por consecuencia, dilatando los procesos de resolución.

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