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Adiós a sacar dinero del cajero sin que Hacienda lo sepa: a partir de esta cantidad todas las retiradas tendrán que declararse

Hacienda y sacar dinero del cajero
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En 2008 había más de 61.000 cajeros automáticos en España, pero desde entonces esta cifra ha disminuido alrededor de un 30%. Sin embargo, esta tendencia se ha moderado en los últimos años; las entidades bancarias han reducido el ritmo de cierre de cajeros al constatar que el dinero en efectivo continúa siendo necesario para buena parte de la población.

En este contexto, el cajero sigue siendo el medio más utilizado para disponer de dinero en efectivo; durante 2025, el 79% de los ciudadanos recurrió a ellos, frente al 71% registrado el año anterior. Por el contrario, acudir a una oficina y retirar dinero en ventanilla se ha convertido en una opción mucho menos frecuente: sólo el 8% de los usuarios utiliza este sistema, una cifra que refleja la progresiva transformación del sector bancario hacia servicios cada vez más automatizados.

Multas de hasta 150.000 euros por sacar dinero del cajero

En este escenario, Hacienda ha confirmado que durante los últimos meses ha reforzado sus controles sobre los movimientos de dinero en efectivo. Estas comprobaciones adquieren especial relevancia cuando se trata de cantidades elevadas que no han sido justificadas previamente ante la Agencia Tributaria. Con esta medida, busca combatir el dinero B y reducir el peso de la economía sumergida.

El artículo 4 de la Orden EHA/98/2010, de 25 de enero, determina lo siguiente: «Las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio, a las que se refiere la letra b) del artículo 38 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, deberán incluir en la declaración informativa de las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, cuando su importe sea superior a 3.000 euros».

Aunque no se establece una cifra concreta, sí recuerda que las entidades bancarias tienen la obligación legal de informar a Hacienda sobre determinadas operaciones en efectivo, entre ellas aquellas que alcancen o superen los 3.000 euros. Del mismo modo, realizar ingresos o retiradas de importes inferiores, como 1.000 euros, de forma repetida y en distintos días también puede dar lugar a comprobaciones sobre el origen o destino de ese dinero.

Hacienda explica que, para acreditar la procedencia o el destino del dinero que se ingresa o se retira de la cuenta bancaria, es fundamental disponer de documentación que permita demostrar la operación. Entre estos justificantes pueden encontrarse facturas, contratos, documentos relacionados con una herencia u otros comprobantes que acrediten el origen de los fondos. Si el contribuyente no consigue justificar adecuadamente el dinero, podría enfrentarse a actuaciones y sanciones de  hasta 150.000 euros en los casos más graves.

El Banco de España detalla que «las entidades deben entregar la cantidad solicitada, siempre que exista saldo en cuenta. Si vas a retirar una cantidad importante, tu banco podría solicitar que le avises con antelación razonable, siempre que no disponga de fondos suficientes para atender tu petición. (…) Podrá exigir que te identifiques cuando ingreses dinero y lo hará necesariamente cuando realices una operación en efectivo por un importe igual o superior a 1.000 euros».

Diferencias entre entidades

El límite legal establecido para retirar efectivo sin tener que justificarlo ante Hacienda es de 3.000 euros. Sin embargo, cada entidad financiera puede establecer sus propias condiciones y límites diarios para sacar dinero de los cajeros, por lo que la cantidad máxima varía según el banco. En Banco Santander el límite es de 3.000 euros al día, mientras que ING permite retirar hasta 2.500 euros. En Abanca, BBVA y EVO Banco, el máximo se sitúa en 2.000 euros diarios. Por su parte, CaixaBank y Openbank establecen un límite de 1.200 euros, Bankinter e Ibercaja de 1.000 euros y Sabadell de 600 euros.

De acuerdo con los datos recogidos en informes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), durante 2025 se pusieron en marcha más de 5.000 investigaciones relacionadas con movimientos de efectivo considerados sospechosos. Estas actuaciones derivaron en sanciones que, en conjunto, superaron los 150 millones de euros en multas por infracciones tributarias vinculadas a un uso irregular o indebido del dinero en efectivo.

Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

La Ley 10/2010 es una normativa diseñada para prevenir y combatir el uso del sistema financiero y de otros sectores económicos con el objetivo de blanquear capitales procedentes de actividades delictivas o relacionadas con el terrorismo. Entre sus principales objetivos se encuentra evitar que estas estructuras se utilicen con fines ilícitos, establecer un régimen sancionador para quienes incumplan las obligaciones previstas y fijar las responsabilidades concretas de los sujetos obligados a colaborar en la detección, prevención y comunicación de operaciones que puedan resultar sospechosas.

Según esta norma, dentro del territorio nacional, se pueden llevar hasta 100.000 euros, mientras que quienes crucen la frontera no podrán hacerlo con más de 10.000 euros sin cumplir con las obligaciones de declaración correspondientes.

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