Hostelería de Sevilla

La hostelería de Sevilla desafía a Sánchez: «Vamos a poner el aire a 25 grados, prevalece la salud»

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Borja Jiménez

La hostelería de Sevilla se muestra «indignada» con el Gobierno de Pedro Sánchez por limitar el aire acondicionado a los 27 grados. Según ha explicado Antonio Luque, Presidente de los Hosteleros Sevillanos y Vocal por Sevilla de la Patronal Nacional Hostelería de España, ellos prevalecerán la salud tanto de los trabajadores como de los clientes y dejarán el aire acondicionado en 25 grados.

Luque ha mostrado la «indignación de la hostelería sevillana con el Gobierno central por esa falta de diálogo y consenso con nuestro sector». «No es lo mismo el norte que el sur de España, y menos en Sevilla, con las temperaturas que tenemos», ha explicado Luque a través de un vídeo. «De todas maneras, después del asesoramiento del equipo jurídico vamos a aplicar el Decreto en el que prevalece la seguridad y la salud del trabajador, y que nos permite irnos hasta los 25 grados en los interiores», ha subrayado.

«Por tanto, no vamos a permitir, con esos dos grados, que nuestros trabajadores no puedan hacer un trabajo digno y que nuestros clientes no puedan disfrutar de nuestra gastronomía y de nuestra ciudad con unas temperaturas mucho más normales», ha concluido Luque.

Multas de hasta 100 millones

Los espacios comerciales, edificios públicos, espacios culturales y hoteles que incumplan el plan de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno afrontarán multas de hasta 60.000 euros por infracciones leves, de hasta seis millones de euros por las graves y de hasta 100 millones de euros por las muy graves.

Fuentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo han explicado que las sanciones que se aplicarán serán las recogidas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), dispuestas a su vez los artículos 30 a 38 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sobre infracciones administrativas.

En concreto, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el real-decreto de medidas de ahorro y eficiencia energética aprobado ayer por el Consejo de Ministros, que recoge la obligatoriedad en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles de limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno.

Este paquete de medidas también obligará a apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados a partir de las 22:00 horas, una medida para la que tendrán siete días para su cumplimiento.

En el caso de todas estas iniciativas, el periodo para su aplicación será de una semana desde su publicación en el BOE y tendrán una vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.

También que se apagará la iluminación decorativa de fachadas a partir de las 22:00 horas, mientras que la regulación de la iluminación exterior solo afectará a los edificios de uso público, no a las ornamentales, por ejemplo, las luces navideñas.

Asimismo, se obligará a que antes del 30 de septiembre tanto edificios como locales dispongan de cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro por pérdidas de energía al exterior.

Igualmente, deberán incorporarse carteles para explicar estas medidas de ahorro en los establecimientos, así como para informar sobre las temperaturas y niveles de humedad.

Las medidas también incluyen la exigencia de someterse a una revisión extraordinaria antes del 31 de diciembre de 2022 a aquellos edificios obligados que hayan realizado el anterior trámite antes del 1 de enero de 2021, de modo que todos los edificios con un consumo de climatización relevante hayan superado una inspección en los últimos dos años.

De esta forma, para ejecutar rápidamente las obras de mejora energética en los edificios de las administraciones públicas, estas podrán aplicar procedimientos de contratación de urgencia. Además, estos contratos se ejecutarán en un plazo inferior a un mes desde su formalización.

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