Crisis del coronavirus

Almeida aumenta la rebaja de impuestos a 67,6 millones al incluir al sector del espectáculo

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El Ayuntamiento de Madrid ha decido ampliar al mundo de la cultura y el espectáculo la rebaja extraordinaria de impuestos anunciada en marzo y que supera ya un beneficio estimado de 65,1 millones de euros en el comercio, el ocio, la hostelería y el espectáculo de la ciudad.

Además, José Luis Martínez-Almeida y Begoña Villacís han anunciado este jueves un nuevo descuento del 25 % en la llamada ‘tasa de terrazas’. De esta forma, el total de rebajas fiscales municipales con motivo de la pandemia llega a los 67,6 millones de euros.

El Consistorio madrileño es la primera administración en España que ha desarrollado rebajas fiscales con el objetivo de mitigar los efectos económicos negativos que se están produciendo en determinados sectores de la economía de la ciudad, especialmente perjudicados por la pandemia del Covid-19.

La Junta de Gobierno ha valorado también las alegaciones presentadas en los plazos establecidos. Entre ellas se encuentra la supresión del requisito del mantenimiento del empleo en el año natural, tanto en la rebaja del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), como en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). De esta forma, el objeto de la bonificación va más allá, para contribuir al mantenimiento del mayor número de actividades económicas posible, algo que incidirá de manera directa en el empleo.

Rebaja del IBI

La rebaja prevé una bonificación del 25 % de la cuota íntegra del IBI para 2020 a los inmuebles destinados a ocio, hostelería, comercio y, ahora también, a espectáculos, entre los que se incluyen cines, teatros y las salas de música y baile. Esta medida beneficiará, calcula el Ayuntamiento, a más de 106.900 comercios y establecimientos de ocio, hostelería y espectáculos, con un impacto estimado de 54,1 millones.

La Junta de Gobierno también ha decidido aceptar una alegación que, en caso de alquiler, sugería exigir al propietario del inmueble trasladar la bonificación al ejerciente de la actividad. De esta manera, se introduce un requisito específico que condiciona el derecho a la bonificación, en los casos de inmuebles arrendados, a que se reduzca la renta de los arrendatarios, se practique una moratoria o se adopte cualquier medida análoga.

Bonificación en el IAE

También Madrid ha extendido a determinados epígrafes de espectáculos culturales y deportivos la bonificación del 25 % de la cuota íntegra del Impuesto de Actividades Económicas de 2020. Entre las actividades que se han añadido se encuentran los museos y las bibliotecas, los músicos, las relacionadas con el cine, el teatro, el circo y los toros, algunas actividades deportivas, así como peluquerías e institutos de belleza, parques de recreo y de atracciones, congresos y otros espectáculos. De esta manera, la bonificación se suma a otros epígrafes como ocio y hostelería, agencias de viaje, comercial y grandes superficies. Esta bonificación se estima que puede beneficiar a alrededor de 16.000 empresas, con un impacto estimado de 11 millones de euros.

A estas medidas fiscales tramitadas hoy se suma una rebaja de un 25 % en la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local para los puestos ubicados en la vía pública o en mercadillos, terrazas, ejercicio de actividades comerciales, industriales o recreativas y distribución gratuita de prensa, con un impacto estimado de 2,5 millones de euros, lo que supone el equivalente a la cantidad que debieran abonar en tres meses del año.

Plazos y moratoria

Por otra parte, el Ayuntamiento ha ampliado los plazos de pago de varios impuestos y tasas y ha modificado el calendario fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, Tasa por Pasos de Vehículos y Tasa de Cajeros Automáticos. Con esta moratoria se retrasa el abono voluntario de estos impuestos un mes, de forma que comenzó el 1 de mayo y finaliza el 30 de junio.

En cuanto a la suspensión de plazos, el Ayuntamiento ha suspendido el plazo para el pago de las autoliquidaciones tributarias, la presentación de declaraciones y la solicitud de prórroga para el pago de la plusvalía mortis causa.

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