Alerta madrileños: el sitio exacto donde están las cámaras que controlan si cruzas las líneas continuas


La Dirección General de Tráfico (DGT) continúa reforzando su red de vigilancia en las carreteras españolas con el objetivo de mejorar la seguridad vial. Aunque los radares de velocidad son los más conocidos por los conductores, no son los únicos dispositivos que pueden captar una infracción. Desde hace unos años, la DGT ha incorporado cámaras capaces de detectar cuándo se pisa o se rebasan las líneas continuas.
En la Comunidad de Madrid existen actualmente cuatro de estas cámaras, que funcionan las 24 horas del día y están ubicadas en puntos estratégicos de la red de autovías. Son los únicos dispositivos de este tipo en toda España y tienen una finalidad muy clara: frenar uno de los comportamientos más peligrosos al volante.
Las cámaras que vigilan las líneas continuas
«Según los datos provisionales del balance de siniestralidad vial de 2024, 252 personas fallecieron en colisiones frontales y 132 en colisiones laterales y fronto-laterales. Sólo el 10% de esos siniestros se registró en autopistas y autovías», señala la DGT.
El sistema de vigilancia combina dos cámaras de alta resolución con tecnología de lectura automática de matrículas (OCR). La primera cámara se sitúa en el inicio del carril de acceso o de incorporación, y la segunda unos metros más adelante. Si el sistema detecta que el vehículo no ha respetado la señalización horizontal y se ha incorporado antes del lugar permitido, genera una secuencia de vídeo que es posteriormente revisa un agente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Por lo tanto, las cámaras no emiten multas automáticas sin intervención humana. Cada infracción debe ser validada manualmente por un agente antes de que se tramite la sanción.
Las cuatro cámaras madrileñas que vigilan las líneas continuas están distribuidas en algunos de los tramos con mayor volumen de tráfico de acceso a la capital:
- A-1 (Autovía del Norte): kilómetro 15,9, en sentido decreciente, a la altura de Alcobendas.
- A-2 (Autovía del Nordeste): kilómetro 11,8, también en sentido decreciente, en las inmediaciones del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.
- A-42 (Autovía de Toledo): kilómetro 16,9, poco después de superar el municipio de Getafe.
- A-6 (Autovía del Noroeste): kilómetro 20,2, en sentido de entrada a Madrid, muy cerca de Las Rozas.
Según fuentes de la DGT, estos puntos fueron seleccionados tras analizar los tramos donde se podrían giros prohibidos e incorporaciones indebidas con mayor frecuencia, sobre todo en horas puntas. En todos ellos se han registrado incidentes relacionados con invasiones de carril que, aunque a menudo no provocan accidentes, generan situaciones de riesgo y frenazos en cadena.
Sanción
El artículo 167 del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre) establece lo siguiente: «el incumplimiento de las señales, marcas viales o indicaciones de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico será sancionado como infracción grave, de acuerdo con lo previsto en el artículo 65.4 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial».
Por su parte, el artículo 168 determina que «las marcas longitudinales delimitan los carriles de circulación, indican su sentido y, en algunos casos, prohíben el adelantamiento o la invasión del sentido contrario. Las líneas continuas indican la prohibición de atravesarlas o circular sobre ellas, y las discontinuas, la posibilidad de hacerlo con precaución, siempre que las circunstancias lo permitan».
Rebasar una línea continua constituye una infracción grave que puede ser sancionada con 200 euros de multa, aunque no conlleva pérdida de puntos en el carné de conducir. Si se adelanta a otro vehículo haciendo caso omiso de la línea continua, la sanción alcanza los 400 euros y cuatro puntos.
Excepciones
El propio reglamento contempla cinco excepciones en las que sí está permitido invadir la línea continua de forma puntual, siempre que no suponga un riesgo para la seguridad vial:
- Adelantamiento a ciclistas: si circulas detrás de un ciclista o un grupo, puedes rebasar la línea continua para adelantar siempre que mantengas una distancia lateral mínima de 1,5 metros y te asegures de que no viene ningún vehículo en sentido contrario.
- Adelantamiento a ciclomotores: la misma norma se aplica a los ciclomotores, aquellos vehículos con una cilindrada máxima de 50 cc y una velocidad limitada a 45 km/h.
- Adelantamiento a peatones, animales o vehículos de tracción animal: cuando el obstáculo en la vía es un peatón, un rebaño o un carro tirado por animales, el reglamento también permite rebasar la línea continua, manteniendo la distancia lateral de seguridad mínima de 1,5 metros en vías interurbanas.
- Adelantar a un vehículo inmovilizado en carretera: si un vehículo está detenido en la calzada, por ejemplo, por una avería o un accidente, el conductor podrá invadir la línea continua para esquivarlo.
- Superar obstáculos o elementos presentes en la vía: cuando la carretera presenta un obstáculo, como restos de un accidente o una carga caída, el conductor puede cruzar la línea continua para sortearlo. Si la visibilidad es reducida, se recomienda usar el claxon de manera intermitente para advertir a los vehículos que puedan aproximarse desde el sentido contrario.