El Defensor del Pueblo dio un varapalo a la nº 2 de Gabilondo por el “total hacinamiento” en Arguineguín

El Defensor del Pueblo dio un varapalo a la nº 2 de Gabilondo por el “total hacinamiento” en Arguineguín
El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, y la secretaria de Estado de Migraciones, Hana Jalloul. (Foto Europa Press)
Carlos Cuesta

La número 2 de Gabilondo a las elecciones madrileñas del 4M, Hana Jalloul, fue retratada en un reciente informe del Defensor del Pueblo sobre la gestión de Arguineguín y el resto de campamentos de la vergüenza en los que el actual Gobierno hacinó a los inmigrantes ilegales llegados a las costas canarias tras propiciar el efecto llamada. Jana Jalloul, secretaria de Estado para las Migraciones durante la última crisis de las pateras. Es ya la número 2 de Ángel Gabilondo en las elecciones del 4M. El PSOE la presenta como la prueba de la moderación y de la capacidad de gestión. Pero lo cierto es que el informe del Defensor del Pueblo sobre su gestión no permite sacar las mismas conclusiones.

El muy reciente informe señala como anticipo que «son dos las principales carencias identificadas: la falta de instalaciones adecuadas y la inexistencia de protocolos de identificación ágiles y eficaces para la derivación de personas vulnerables».

El informe del Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, se centra en diversos puntos de «hacinamiento» de los inmigrantes. Unos de ellos, por supuesto, el muelle de Arguineguín. Esta instalación fue usada para dejar allí a inmigrantes desprovistos de los más mínimos sistemas de control, asistencia y cuidado hasta el punto de que motivó la visita de representantes de la Comisión Europea.

El informe del Defensor del Pueblo señala que «la urgente necesidad de habilitar estas nuevas áreas de custodia, específicas para detenidos extranjeros, ha llevado con frecuencia a denominar CATE a lugares que, en modo alguno, reúnen las condiciones mínimas para ser calificados como tales».

Es más, «cuando la policía no puede ejecutar la devolución a su país de origen, o a aquel del que proceda la embarcación, en el plazo de las 72 horas, solicitará de la autoridad judicial la medida de internamiento. En aquellos supuestos de llegadas muy numerosas a costas, es frecuente que no se pueda materializar la devolución, por motivos diversos, ni tampoco solicitar y obtener de la autoridad judicial la autorización para su ingreso en un centro de internamiento de extranjeros (CIE)». Y explica que «en la práctica, en los supuestos de llegadas numerosas, como ha sido el caso de las sucedidas en Canarias durante 2020, la mayoría de las personas que están sometidas a un procedimiento de devolución quedan en libertad, al no poder ejecutarse esta en el tiempo legal previsto, por motivos diversos».

Hana Jalloul Arguineguín
El Informe del Defensor del Pueblo señala que «la urgente necesidad de habilitar nuevas áreas de custodia».

El informe no oculta que «para evitar que estas personas queden desasistidas, la Secretaría de Estado de Migraciones de Hana Jalluol financia programas de organizaciones sin fines de lucro, para la atención a personas migrantes que se encuentren en situación de vulnerabilidad por su deterioro físico, o bien presenten carencias de apoyo social, familiar y económico», pero también subraya que «la crisis sanitaria ha provocado graves disfunciones en el sistema que se reflejan en el deterioro de las condiciones de primera acogida y detención».

El estudio señala en el caso del puerto de Arguineguín, que «el día 16 de noviembre, personal del Defensor del Pueblo, acompañado de tres intérpretes, realizó una visita no anunciada al muelle de Arguineguín, en el municipio canario de Mogán. Las personas que permanecían en el improvisado campamento en el momento de la visita, se encontraban en una situación de total hacinamiento, lo que impedía el cumplimiento de las más mínimas normas de distanciamiento social que exige la situación de alerta sanitaria en la que nos encontramos».

«A 40 grados»

El informe añade que «la temperatura dentro de las tiendas llegó a alcanzar en varios momentos de la visita los 40 grados. Tampoco se reunían las condiciones mínimas de higiene, en un lugar en el que se hacinaban el día de la visita unas 2.000 personas, sin posibilidades de acceso físico de los servicios de limpieza. El número de carpas que se habían instalado de manera provisional no era suficiente para el número de personas que se encontraban en ellas. Los baños eran insuficientes y no existía acceso al agua potable. Muchas de las personas se encontraban descalzas, otras con calzado en malas condiciones».

Señala también el informe del Defensor del Pueblo que «la ropa que vestían estaba sucia y, en muchos casos, era inadecuada para las condiciones climatológicas que tenían que soportar teniendo en cuenta que, por las condiciones de hacinamiento, un número significativo de ellas pasaban todo el tiempo al aire libre. La alimentación recibida consistía en el reparto de bocadillos y de botellas de agua varias veces al día, por parte de personal de Cruz Roja española. Las quejas recogidas durante la visita, por las condiciones que acaban de describirse, fueron constantes».

Y continúa el informe: «La situación anteriormente descrita impedía el cumplimiento de las normas dictadas por la Consejería de Sanidad canaria para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.  Además, se pudo comprobar que al menos 80 personas con PCR positiva permanecían en ellas. No pudo determinarse cuántas personas permanecían allí desde hacía más de 72 horas».

«Varias de ellas -señala el informe- mostraron resoluciones de devolución dictadas el día 3 de noviembre. Asimismo, unos cartones que se encontraban prendidos a las vallas que separaban a los integrantes de una patera de otra, mostraban que había personas que habían llegado los días 7, 8 y 9 de noviembre».

Recordaba también el informe sobre Arguineguín del Defensor del Pueblo que «por todo lo anterior, el día 24 de noviembre, se recordó al ministro del Interior el deber legal que le incumbe de respetar el plazo máximo de 72 horas para poner al detenido en libertad o a disposición judicial, así como de garantizar la integridad física de las personas bajo custodia policial».

«Se le recomendó asimismo la clausura de las instalaciones y el traslado de las personas que allí se encontraban a lugares adecuados, en función de su situación jurídica (haber rebasado o no el plazo de 72 horas desde su detención) y sanitaria (ser o no contacto estrecho con un positivo en covid o, en su caso, ser positivo en covid)», concluye el informe del Defensor del Pueblo tras si visita a Arguineguín. Un demoledor relato que debía conocerlo la responsable de Migraciones, la nueva número 2 de Gabilondo.

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