El Tribunal de Cuentas sanciona al PSOE por contratar publicidad en televisión en campaña electoral
El PSOE pagó por spots pero "no pueden contratarse espacios de publicidad electoral"
El partido de Pedro Sánchez dejará de percibir 6.999,48 euros de ayudas públicas


El Tribunal de Cuentas ha aplicado una reducción a la subvención electoral que recibe el PSOE por haber incurrido en «gastos no autorizados» por la «contratación de spots» de publicidad «en emisoras de televisión privadas». La ley impide a los partidos pagar por un espacio en la pequeña pantalla durante las campañas electorales, sólo pueden utilizar los espacios gratuitos que deben ceder los medios públicos.
El órgano fiscalizador del gasto público ha publicado este viernes su Memoria de 2024 y el Informe de fiscalización de las contabilidades de las elecciones a las cortes generales de 23 de julio de 2023.
En ese escrito se reconoce que seis formaciones han incurrido en acciones no permitidas por la ley y que han provocado que el Tribunal de Cuentas les haya propuesto reducir la subvención que van a percibir.
Entre esos partidos está el PSOE. El partido liderado por Pedro Sánchez incurrió en «gastos no autorizados por la normativa vigente». Concretamente, se refiere al artículo 60 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Espacios que no se pueden contratar
El primer apartado de ese precepto legal establece que, durante las campañas electorales, «no pueden contratarse espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación de titularidad pública ni en las emisoras de televisión privada». En su lugar, los partidos deben limitarse a utilizar los «espacios gratuitos de propaganda en las emisoras de televisión y de radio de titularidad pública conforme a lo establecido en los artículos siguientes».
Tal y como ha podido esclarecer el órgano fiscalizador de las cuentas públicas, el PSOE ha contratado «por importe de 3.499,74 euros» unos servicios «relativos a la contratación de spots en emisoras de televisión privadas». En el escrito no aclara en qué medio se produce, pero sí indica que corresponde a «publicidad electoral realizada en televisiones de ámbito local privado».
Tras haber constatado esta situación, el Tribunal de Cuentas anuncia que «estima» que debe proponer una «reducción de la subvención electoral en el doble del importe de los gastos no autorizados». Es decir, que el PSOE dejará de percibir como subvención el doble del importe utilizado ilegalmente, por lo que dejará de cobrar 6.999,48 euros de ayudas públicas. Este gasto será de «aplicación en el presente proceso electoral».
Tambien propone otra reducción respecto a las subvenciones que habrían recibido los socialistas por haber hecho «pagos a proveedores con posterioridad al plazo fijado». Se trataba de un desembolso de 1.405,05 euros. Por tanto, «procede la formulación de una propuesta de reducción de la subvención electoral en un 10% del importe de dichos gastos». Es decir, que tendrá que pagar 140,50 euros.
Recorte de subvención a Sumar
El socio de Gobierno de Sánchez, Sumar, también ha visto reducida la subvención que le correspondía debido a este último motivo: por pagar a proveedores después del plazo que la ley establece para ello.
Tal y como ha indicado la memoria de 2024, los «pagos a proveedores con posterioridad al plazo fijado en el artículo 125.3 de la LOREG, por 74.188,62 euros» provocan que se le aplique una propuesta de reducción en el pago de las subvenciones electorales.
Este recorte se aplica al «presente proceso electoral». «Se estima que procede la formulación de una propuesta de reducción de la subvención electoral en un 10% del importe de dichos gastos», reconoce el escrito del Tribunal de Cuentas. Es decir, que dejará de percibir 7.418,86 euros.