Tribunales

El Supremo pide el suplicatorio del ‘faker’ Alvise para investigarlo por financiación ilegal

El instructor sostiene que la versión del eurodiputado resulta "poco verosímil"

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El eurodiputado Alvise Pérez. (E.P.)
Rosalina Moreno

El magistrado del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar ha solicitado al Parlamento Europeo el suplicatorio de suspensión de la inmunidad del faker a sueldo Alvise Pérez para continuar la investigación contra él por delito electoral y financiación ilegal de su partido, por los 100.000 euros que recibió del empresario Álvaro Romillo, CryptoSpain, para las elecciones europeas de 2024.

El instructor le tomó declaración voluntaria por estos hechos el pasado mes de julio. Entonces, Alvise afirmó que Romillo le dio ese dinero pero no para la campaña electoral de Se Acabó la Fiesta, si bien el empresario aseguró que se lo entregó con esa finalidad.

Es el segundo suplicatorio elevado a la Eurocámara de las cuatro causas que tiene abiertas en el Supremo, ya que el pasado mes de julio ya se acordó remitir la que investiga presuntos delitos, como acoso, de los que habría sido víctima la fiscal delegada contra delitos de odio en Valencia, Susana Gisbert.

Otra causa es por la difusión de una PCR falsa del ex ministro de Sanidad y actual presidente catalán, Salvador Illa, y la cuarta por el supuesto acoso a dos eurodiputados que concurrieron con SALF a dichas elecciones y posteriormente rompieron con el partido.

Su versión es poco creíble

Sánchez Melgar detalla en el auto que los hechos investigados, basados en una denuncia de Romillo, se refieren a una reunión entre ambas personas antes de las últimas elecciones al Parlamento Europeo, en la cual Alvise habría solicitado a Romillo dinero para financiar su partido político, pero de forma oculta, sin constar en documentación alguna, ni reflejarse en su contabilidad, mientras que Romillo le pidió influencias y contactos derivados de su actuación como parlamentario europeo.

Ambos habrían acordado que la entrega se haría por un tercero, comisionado de Romillo, que entregaría a Pérez una mochila con la cantidad de 100.000 euros. Los detalles se habrían fraguado mediante mensajería instantánea, como ha sido comprobado por la instrucción, indiciariamente, a través del teléfono móvil de Romillo.

El citado comisionado llevó una mochila de color oscuro, que entregó al faker Alvise, quien dijo tomarla y llevarla a su casa, sin ingresar tal cantidad de dinero, que iba en billetes de diversas clases, conforme aseguró al serle tomada declaración, y que dejó guardada en su casa, gastándose hasta el día de la declaración, aproximadamente el 50% de su importe, en gastos y necesidades del partido, como viajes o almuerzos.

Alvise Pérez, en la declaración que prestó ante el instructor de modo voluntario, expresó, al serle preguntada la razón de recibir tal dinero, que lo recibía en concepto del pago por una conferencia en el hipódromo de Madrid, ante una colectividad de posibles seguidores o interesados en su posición política, intervención de escasa duración, y por la que iba a cobrar la expresada suma de 100.000 euros, «hecho a todas luces, poco verosímil», indica el magistrado.

Dinero opaco

Además, destaca que la prueba pericial del teléfono intervenido a Romillo en esta causa, y que ha sido practicada por la policía judicial, «acredita, igualmente indiciariamente, todos los aludidos extremos. Las conversaciones entre ambas personas y los pormenores de una presunta financiación irregular, en tanto recibió dinero por encima de 50.000 euros, que constituye delito tipificado por el Código Penal español, no se documenta, se mantiene opaco, y se utiliza para fines electorales».

Esto «supone una forma de proceder que desequilibra el buen funcionamiento electoral, tratándose de aprovechar de influencias futuras para la recepción de numerario presente que ayude al Sr. Pérez a obtener escaño en el Parlamento europeo y se transgreda, en consecuencia, el bien jurídico protegido que lo es la limpieza y transparencia electoral», señala el auto.

Hechos anteriores a conseguir el escaño

El magistrado considera que los hechos objeto de investigación han de ser calificados, con la provisionalidad de la fase de instrucción en que se encuentra la causa, como sendos delitos de financiación ilegal de partidos políticos (artículo 304 bis 1 del Código Penal) y delito electoral del artículo 149.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Y ante estos hechos, señala que no puede seguir con la investigación sin obtener el placet del Parlamento Europeo para continuar instruyendo la presunta comisión delictiva, suspendiéndose, mientras tanto, las actuaciones, hasta que se obtenga la oportuna resolución de tal órgano, salvo aquellas actuaciones urgentes que no comprometan los derechos esenciales salvaguardados del eurodiputado investigado.

El instructor argumenta también que este procedimiento judicial no guarda relación alguna con las actividades desempeñadas en el ejercicio de sus obligaciones parlamentarias, y que los hechos imputados y los delitos que se consideran de aplicación se centran en su actuación anterior en el tiempo a la adquisición de su condición de diputado del Parlamento Europeo.

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