El Supremo se inclina por ratificar la condena a Rato por las tarjetas ‘black’
El Tribunal Supremo se inclina por ratificar la pena impuesta por la Audiencia Nacional a Rodrigo Rato por el caso de las ‘tarjetas black’.
El 23 de febrero de 2017, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia condenaba por un delito continuado de apropiación indebida a los 65 acusados que utilizaron las tarjetas de Caja Madrid y Bankia entre los años 2003 y 2012. El tribunal imponía condenas a los expresidentes, exconsejeros y exdirectivos que oscilaban entre los 3 meses y los 6 años de prisión.
Las penas más elevadas era para los dos expresidentes de Caja Madrid y Bankia: el fallecido Miguel Blesa a 6 años y el exministro Rodrigo Rato a 4 años y 6 meses. La Audiencia les consideraba autores de un delito continuado de apropiación indebida. De los 64 condenados, sólo 4 exconsejeros de la caja no interpusieron recurso de casación.
Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, el Tribunal Supremo no tiene previsto exonerar a la mayoría de condenados con las penas inferiores, tal y como esperaban sus defensas. Todo parece indicar que no habrá grandes diferencias respecto al fallo de la Audiencia Nacional y que el Alto Tribunal mantendrá las líneas maestras de aquella sentencia.
De esta forma, Rato vería confirmada su condena y tendría que ingresar en prisión. Tampoco se descartan rebajas menores para algunos de los otros condenados divididos en dos grupos, los que formaban parte de la directiva y el resto de exconsejeros. Dichas rebajas podrían tener mucha relevancia si la pena se queda finalmente por debajo de los 2 años, lo que supondría que se librarían de la cárcel.
El ponente de la sentencia, el magistrado Miguel Colmenero, perfila los últimos flecos de la sentencia que podría publicarse a finales de esta semana o ya de cara a la próxima semana. La decisión del Supremo se esperaba para principios de julio, sin embargo, la complejidad del caso unido al atasco provocado en el Alto Tribunal por la causa del independentismo catalán, retrasaba la sentencia tras prorrogarse el plazo en dos ocasiones.
El 22 de mayo, el tribunal de las ‘tarjetas black’ celebró la deliberación y votación de los escritos a puerta cerrada. Muchas de las defensas que han recurrido ante el Supremo sostienen que la sentencia de la Audiencia Nacional “no está lo suficientemente motivada en tanto que recoge los argumentos empleados por la Fiscalía Anticorrupción en su escrito de acusación sin abundar, a lo largo de sus 259 folios, en explicaciones”.
A parte de Blesa y Rato, el resto de los acusados eran condenados como colaboradores, salvo el caso del ex director General de Medios Ildelfonso Sánchez Barcoj, 2 años y 6 meses, a quien se le considera colaborador y cómplice de la operativa desarrollada que contribuyó a mermar el caudal de la entidad bancaria.
La sentencia de la Audiencia Nacional
La sentencia de la Audiencia Nacional sobre las ‘tarjetas black’ relata cómo una vez que Miguel Blesa se colocó al frente de la entidad, por su condición de presidente recibió dos tarjetas de crédito, una de empresa para gastos de representación, y otra también corporativa que se atribuyó a sí mismo.
Los jueces describían las tarjetas de crédito entregadas, que tenían un límite máximo anual, con un tope mensual del que se informaba a los acusados en el momento de su entrega, aunque el presidente Blesa podía modificarlo y además esos límites no eran coincidentes en todos los casos.
Según la sentencia, cuando Rato accedió a la presidencia de Bankia informado de las tarjetas en cuestión: “Mantuvo la misma dinámica en todos los aspectos ya expuestos, atribuyéndose una sin amparo en su paquete retributivo, evidenciando además por las condiciones de uso, lo que no le impidió el empleo que le dio contra el caudal de la entidad, el detrimento del mismo, junto al que sabía que se originaba con las que seguía operativas de la etapa de su predecesor en el cargo”.