Seguridad Nacional alerta de «la amenaza» del enaltecimiento yihadista que pretende despenalizar Sánchez
El PSOE y sus socios abren el camino para despenalizar el enaltecimiento del terrorismo
El PSOE y los socios de investidura de Pedro Sánchez han iniciado ya el camino para borrar del Código Penal el delito de enaltecimiento del terrorismo, además de las injurias al Rey y el ultraje a los símbolos nacionales, entre otros. De salir adelante la proposición de ley de Sumar, el enaltecimiento del terrorismo y de los terroristas quedaría impune. Y ello afectaría, por ejemplo, a las causas que se siguen por terrorismo yihadista, uno de los grandes riesgos en la actualidad para España. De hecho, así lo recoge la propia Estrategia de Seguridad Nacional, que detalla que la lucha «contra la propaganda yihadista» es uno de los «principales vectores de la amenaza» del terrorismo actual que exige «concentrar los esfuerzos» de la lucha antiterrorista.
Precisamente, el enaltecimiento de terrorismo es uno de los principales delitos por el que son condenados los yihadistas detenidos en España. Según la última memoria de la Fiscalía General del Estado, el año pasado se dictaron 57 condenas en la Audiencia Nacional por enaltecimiento del terrorismo yihadista.
La difusión de propaganda sobre los atentados o las amenazas del yihadismo es uno de los principales vectores que siguen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en sus investigaciones. De suprimirse este delito, las condenas pueden quedar significativamente mermadas.
Seguridad Nacional es clara sobre la amenaza que suponen los extremismos violentos. «Los medios utilizados por los grupos terroristas son cada vez más variados y los ataques físicos están acompañados de campañas propagandísticas que alimentan ideologías radicales violentas», señalan en el documento, aprobado por el Gobierno de Sánchez en 2021.
Los servicios de Inteligencia advierten que «para reducir la vulnerabilidad de la sociedad es necesario neutralizar la amenaza que representan las acciones terroristas dirigidas contra los ciudadanos y los intereses de España dentro y fuera de sus fronteras, y hacer frente a los procesos de radicalización que conducen al extremismo violento». En ese proceso de radicalización, el enaltecimiento a través de las redes sociales, fundamentalmente, centra la labor de los investigadores.
Los principales vectores de la amenaza y en los que se deben concentrar los esfuerzos son los actores solitarios, los combatientes terroristas extranjeros, la propaganda yihadista y extremista y la radicalización en las prisiones. También es necesario participar en iniciativas internacionales cuyo objetivo es impedir que determinadas zonas puedan convertirse en refugio para terroristas, bien sea por la debilidad de los gobiernos de esos territorios o por la afinidad ideológica de éstos con los grupos yihadistas.
Actualmente, el artículo 578 del Código Penal castiga con hasta tres años de cárcel «el enaltecimiento o la justificación públicos» del terrorismo y sus autores «o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares».
La propuesta de Sumar, que ha iniciado su camino en el Congreso con el visto bueno del PSOE, pretende borrar por completo ese artículo.
Juicio
Precisamente, al tiempo que los socialistas y sus socios plantean suprimir del Código Penal este delito, en la Audiencia Nacional se juzga estos días a tres personas acusadas de enaltecimiento del terrorismo yihadista por compartir en sus redes sociales imágenes y videos ensalzando actos cometidos por terroristas, a los que les denominaban «héroes del Islam».
La Fiscalía -que pide tres años de cárcel para cada uno de los acusados- señala en su escrito que esas publicaciones se dedicaban «sistemáticamente a enaltecer los atentados» cometidos por un predicador fundamentalista pakistaní, además de realizar «constantes llamamientos a decapitar a quienes blasfemaran contra el profeta Mahoma».
En abril de este mismo año, la Audiencia Nacional condenó a cinco años y seis meses de cárcel al imán de una mezquita de Getafe (Madrid) por enaltecimiento y autoadoctrinamiento yihadista. El tribunal destacó que sus actividades suponían «un grave peligro, concreto y cierto, de la realización por sí mismo y por terceros de acciones terroristas». El imán daba clases de Corán a niños.