Sánchez hace en Madrid lo que Trump en Wisconsin: pidió el recuento a la Corte Suprema tras ganarle Biden
Trump también llevó al más alto tribunal de EE.UU. el recuento en Wisconsin tras perder contra Biden
El Supremo tumba la petición del PSOE para revisar los más de 30.000 votos nulos en Madrid
La Junta Electoral tumba el intento desesperado del PSOE de recuperar un escaño revisando los votos nulos
El PSOE recurre ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo que desestimó su petición de recuento de 30.302 votos nulos del exterior en las elecciones generales del 23J. Una decisión que emula la que tomó el ex presidente estadounidense Donald Trump en Wisconsin, donde tras constatar que había perdido frente a la candidatura de Joe Biden por un margen de 20.000 votos, decidió acudir a la Corte Suprema de Washington -la más alta autoridad judicial en Estados Unidos- para que se obligase al recuento. El PSOE, por entonces, se mostró «sorprendido» con que un «presidente pueda poner en tela de juicio el resultado de las elecciones».
Tras años acusando al PP y a Vox de recurrir a tácticas «trumpistas» para su política de oposición al Gobierno de Pedro Sánchez, el PSOE se ha lanzado a una aventura judicial por los votos de Madrid que recuerda, paso por paso, a la misma que Trump emprendió en Estados Unidos en 2020.
Tras los resultados de las elecciones presidenciales de aquel año, en las que Trump quedó desalojado de la Casa Blanca, el equipo del republicano desplegó una serie de iniciativas legales para lograr el recuento de votos en aquellos territorios en los que había sido superado inesperadamente por la candidatura de Biden. Y uno de los principales fue el Estado de Wisconsin.
Tras recorrer el circuito de las juntas electorales locales y de la justicia ordinaria del Estado, recibiendo un no en cada etapa, Trump decidió acudir a la más alta instancia judicial del país: la Corte Suprema, con sede en Washington. Su objetivo era que se analizase una bolsa de 20.600 votos que, según los abogados de Trump, se habían contado de forma irregular y debían ser objeto de recuento. Sin aportar pruebas.
El PSOE como Trump en la Corte Suprema
Un proceso similar a lo que propone el PSOE en Madrid, que ve en esos 30.302 votos nulos una oportunidad para rascar las algo más de 1.000 papeletas que le arrebataron un escaño en favor del PP tras contar el voto exterior. No fue un escaño cualquiera, sino la pieza que cambiaba radicalmente su estrategia de negociación con Junts, ya que para investir a Sánchez ya no es suficiente la abstención de los de Carles Puigdemont, sino el voto a favor.
Tras las elecciones estadounidenses de 2020, el propio PSOE se mostró sorprendido por el hecho de que «en una democracia tan asentada como la de USA, su presidente pueda poner en tela de juicio el resultado de las elecciones». Denunciaban que «el populismo de Trump es preocupante y debemos fortalecer nuestras democracias».
Nos sorprende que en una democracia tan asentada como la de USA, su presidente pueda poner en tela de juicio el resultado de las elecciones.
El populismo de #Trump es preocupante y debemos fortalecer nuestras democracias.
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— PSOE (@PSOE) November 3, 2020
Al Constitucional
En el actual recurso de amparo electoral, los socialistas han alegado que la negativa del Supremo ha vulnerado el derecho fundamental al sufragio pasivo al «realizar una interpretación restrictiva» de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), «respecto a la realización del escrutinio general y la posibilidad de la apertura de todos los votos nulos consignados».
A su juicio, también ha vulnerado el derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos electivos, «al producirse una situación de hecho diferenciada entre representantes cuyo ámbito de elección es el local y aquellos cuyo ámbito de elección es provincial o mayor».
En este sentido, la formación ha insistido en que «no hay en la LOREG ningún precepto que prohíba expresamente reclamar la revisión de los votos nulos que, de hecho, están en poder de la Junta Electoral en el acto de escrutinio general como parte del sobre número uno remitido por cada mesa electoral».
Supremo
El pasado 17 de agosto, el PSOE recurrió al alto tribunal el rechazo de la Junta Electoral Central (CEC) a revisar los 30.302 votos nulos de Madrid. Su objetivo era recuperar el escaño que perdió en favor del PP tras el recuento del voto exterior.
Sin embargo, el Supremo consideró que no se daban los requisitos exigidos en la doctrina ni se aportaron datos que verificaran la relevancia del recuento en el resultado final. «La mera diferencia numérica en los resultados que se aduce en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión», argumentaron entonces.
Así, la Sala de Vacaciones explicó que no era posible acordar una revisión preventiva de los votos nulos «por si acaso pudiera apreciarse alguna errónea apreciación del voto nulo» que fuera favorable al PSOE.
En este sentido, los magistrados afearon a los socialistas que no basaran su solicitud en «una irregularidad o vicio en el proceso electoral que pueda implicar la falta de correlación entre la voluntad del cuerpo electoral y el resultado final, obtenido tras el ordenado y regular desarrollo del proceso con arreglo a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)».