Navidad

Restricciones Navidad 2020: ¿Los niños cuentan en el máximo de 10?

Los viajes entre autonomías estarán permitidos solo para ver a "familiares" o "allegados"

vacunas
Salvador Illa.
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Este miércoles el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas han aprobado el plan de las restricciones de Navidad 2020. Una serie de medidas de obligado cumplimiento entre las que se encuentran la prohibición de viajar entre comunidades autónomas del 23 de diciembre al 6 de enero, excepto para visitar a «familiares» y «allegados». Además, en las celebraciones navideñas el número máximo de personas queda limitado a 10. Pero, ¿los niños cuentan?

10 personas en las celebraciones de Navidad, ¿contando a los niños?

A lo largo de la semana ha habido discrepancias entre los gobiernos regionales. Mientras algunas comunidades autónomas se mostraban a favor de incluir a los niños en el cómputo de comensales en las celebraciones navideñas, otras se oponían.

Los que abogaban por excluir a los niños se basaban en los estudios que señalan que su capacidad de contagio es menor que la de los adultos. El consejero de Interior de Cataluña, Miquel Sàmper, explicaba que varios técnicos del Plan Territorial de Protección Civil ha constatado que los niños tienen una capacidad de contagio muy inferior.

Por su parte, Alberto Núñez Feijoó, presidente de la Junta de Galicia, también descartaba incluir a los niños entre el número máximo de comensales en las celebraciones familiares. Según detallaba en rueda de prensa, la propuesta del Gobierno regional era limitar a dos el número de unidades familiares y que los niños no contaran.

¿Cuál es la decisión final del Gobierno de Sánchez? Los niños se incluirán dentro del número máximo, y no contarán aparte, como habían pedido comunidades autónomas.

La oposición de Madrid y Cataluña a las restricciones de Navidad 2020

Cataluña y Madrid, por diferentes motivos, se han opuesto al acuerdo aprobado este miércoles. Cataluña no está conforme porque quería abrir perimetralmente la comunidad el próximo 21 de diciembre. Podrá hacerlo, aunque deberá volver a cerrarla el día 23, permitiendo la entrada y salida solo para ver a «familiares» y «allegados». Madrid también ha mostrado su oposición a las medidas ya que el Gobierno de Díaz Ayuso no está de acuerdo con el cierre perimetral.

Sin embargo, ambas regiones deberán aplicar las medidas ya que el artículo 7 del decreto del Estado de Alarma otorga al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el poder de tomar decisiones cuyo cumplimiento sea obligatorio, aunque no hayan sudo aprobadas por unanimidad.

Mientras, otras comunidades autónomas han anunciado que en los próximos días decretarán medidas más restrictivas para Navidad. Pueden hacerlo, excepto en el número máximo de personas en las celebraciones familiares, que deberá ser 10 contando a los niños.

Planes puente de diciembre

Resumen de las restricciones de Navidad 2020

Respecto a la movilidad, los ciudadanos únicamente podrán cambiar de comunidad autónoma entre el 23 de diciembre y el 6 de enero para visitar a «familiares» o «allegados». ¿Qué se consideran «allegados»? Según el ministro de Sanidad, aquellas personas con las que, aunque no se tenga un vínculo familiar, sí se tenga un «vínculo afectivo especial».

Los estudiantes podrán volver a su casa, aunque se recomienda que diez días antes del viaje limiten en la medida de lo posible sus contactos sociales y extremen las precauciones. Una vez en casa, deberán respetar su burbuja de convivencia y, a la hora de ver a amigos y familiares, hacerlo siempre al aire libre.

El número máximo de personas que se podrán reunir los días 24, 25 y 31 de diciembre, y el 1 de enero, será de un máximo de 10, contando los niños. El resto de días el límite vendrá determinado por cada comunidad autónoma.

En cuanto al toque de queda, en Nochebuena y Nochevieja, la hora límite es la 1:30, aunque los Gobiernos regionales pueden adelantarla si lo consideran oportuno.

Y, por último, entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, no se permitirá la celebración de ningún tipo de evento de carácter presencial con gran afluencia de público. Para cumplir con las medidas de higiene y seguridad, se recomienda la celebración de cabalgatas estáticas en espacios en los que se pueda controlar el aforo, así como cabalgatas virtuales y otras opciones telemáticas.

“La medida es contundente, del 23 de diciembre al 6 de enero el acuerdo es que no nos movemos de la comunidad excepto, pero la movilidad prescindible, se prescinde de ella. Nos quedamos en casa, con la familia, limitando los contactos a máximo de diez personas, si puede ser de la misma unidad familiar o máximo de dos», son palabras del ministro de Sanidad, Salvador Illa, en su comparecencia junto a la ministra de Política Territorial, Carolina Daria.

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