Tribunales

El padre de Iglesias pierde por segunda vez el juicio contra Álvarez de Toledo por llamarle «terrorista»

La Audiencia de Zamora confirma el fallo del Juzgado de Instrucción: "Es libertad de expresión"

Iglesias montó en cólera en el Congreso cuando la diputada del PP recordó en 2020 el pasado terrorista de su padre

Pablo Iglesias y Cayetana Álvarez de Toledo.
Pablo Iglesias y Cayetana Álvarez de Toledo.

La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la segunda victoria judicial de Cayetana Álvarez de Toledo, diputada y portavoz del Partido Popular en el Congreso, frente al padre de Pablo Iglesias, Francisco Javier Iglesias Peláez que la acusó de intromisión del derecho al honor por llamarle «terrorista». La sentencia avala que esas palabras se enmarcan dentro de la libertad de expresión y se refrenda así el fallo del Juzgado de Instrucción 3 de Zamora, que tumbó la solicitud del denunciante, que pedía 18.000 euros.

El tribunal, compuesto por las magistradas Esther González, Ana Descalzo y Ana Isabel Morata, tumba el recurso del padre de Pablo Iglesias al considerar que las declaraciones de Álvarez de Toledo «no revisten trascendencia suficiente». En una sentencia fechada este martes, las juezas no ven «carácter injurioso, insultante o desproporcionado».

«(Las palabras) no son más que el reflejo de un juicio de valor u opinión de la entrevistada, y como tal quedan enmarcadas en la libertad de expresión que le ampara», agregan a mayor ahondamiento.

Fue en mayo de 2020 cuando Álvarez de Toledo calificó de «terrorista» al Pablo Iglesias primero en una sesión en el Congreso de los Diputados y luego en una entrevista en ABC. Recordaba así la militancia del progenitor del entonces vicepresidente en el FRAP durante la transición. Ante esto el ex líder de Podemos cargó contra la hoy portavoz del PP tachándola en varias ocasiones de «señora marquesa».

Inicialmente, se condenó en costas al padre de Iglesias. No obstante, en esta ocasión no recaen las costas en este hombre que fue candidato de Podemos a concejal en el Ayuntamiento de Zamora.

En enero de 2023 el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Zamora desestimó la demanda por una presunta «intromisión ilegítima» en sus derechos al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. Sostenía que «una falta de veracidad» al tacharle de «terrorista», motivo por el que exigía daños y perjuicios.

«El padre de Iglesias dice que se limitó a repartir propaganda para una manifestación. En esa protesta fue cuando mataron a los policías. Pero al margen de la actividad que él ejerciera en la organización terrorista, él militaba en esa organización terrorista», expresó la popular en la entrevista.

La diputada recordó que el ex líder de Podemos llamó a su propio padre como miembro del Frap. Le llamó «frapero», enorgulleciéndose así de su militancia política en el siglo pasado.

Por su parte, la Fiscalía ya en el primer procedimiento judicial solicitó la desestimación de la demanda, argumentando que debía prevalecer el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor.

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