Nuevo mazazo judicial a Carmena: el TSJM tumba su reducción de jornada a funcionarios
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado la suspensión cautelar de los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Madrid para estipular a los funcionarios municipales la jornada de 35 horas en lugar de las 37,5 horas de trabajo semanales, una medida adoptada el 30 de junio de 2016 y que había sido recurrida por la Abogacía del Estado.
Así consta en un auto, al que tuvo acceso las agencias de información, en el que la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso de la Abogacía del Estado, que entendía que los funcionarios del Ayuntamiento debían tener la misma jornada que los del resto de administraciones.
500 euros en costas
Se precisa que la suspensión se mantendrá hasta la resolución por sentencia firme y se condena en costa al Ayuntamiento de Madrid hasta un máximo de 500 euros. Contra este auto, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde la notificación.
Los jueces entienden que «los acuerdos suspendidos de forma cautelar son aparentemente contrarios a derecho por vulnerar normativa básica del Estado de obligada aplicación por parte del Ayuntamiento». Argumentan que estos acuerdos vienen «referidos a materias que, en principio, no están atribuidas a la autonomía contractual del Ayuntamiento».
Aluden a doctrina del Tribunal Supremo y agregan que no puede hacerse «bajo el lema de que no está prohibido por la Ley». En concreto, la resolución detalla que se acuerda la suspensión cautelar del acuerdo de 30 de junio de 2016, de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid.
El recurso contencioso administrativo, tramitado por Delegación del Gobierno, se fundamentaba en lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local en lo relativo a función pública y del Estatuto Básico del Empleado Público, al entender que los funcionarios municipales tienen que tener la misma jornada el resto de administraciones, fijada en 37,5 horas.
Se citaba la disposición adicional de los Presupuestos Generales del Estado para 2012 sobre medidas para reducir el déficit público y que fija para todas las administraciones públicas una jornada general de trabajo de 37,5 horas semanales de promedio en cómputo anual.
Este criterio se aplicó mediante resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que fijaba la duración de la jornada general en 37 horas y media semanales de trabajo efectivo por medio de un cómputo anual de 1.664 horas.
En el recurso se detallaban los acuerdos a impugnar de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid en base a lo dispuesto en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Consistorio y sus organismos autónomos sobre jornada y horarios de trabajo.