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Golpe de Sánchez al Poder Judicial: cambia la ley para burlar al CGPJ y controlar el Constitucional

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Joan Guirado

El PSOE y Podemos han alcanzado un acuerdo a última hora de este jueves para asaltar el Poder Judicial. De esta forma, los dos socios de coalición han acordado modificar la mayoría de tres quintos necesaria en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para nombrar a sus candidatos al Tribunal Constitucional. Esa enmienda a la proposición de ley que contempla la derogación del delito de sedición, elimina la obligatoriedad de los tres quintos para que el CGPJ elija a los dos miembros del Constitucional y establece un nuevo sistema por el que se nombrará a los dos magistrados que saquen más votos.

El movimiento permitirá a Pedro Sánchez una renovación a medida del Tribunal Constitucional de forma exprés con amenaza incluida a los magistrados que forman parte del órgano de los jueces de incurrir en «responsabilidades penales» si lo impiden. Junto a esta enmienda, una segunda establece que el Constitucional podrá validar a los dos candidatos del Gobierno sin esperar a los otros dos del CGPJ. La Constitución establece que la renovación de la corte de garantías sea por tercios.

Según ha podido confirmar OKDIARIO de fuentes socialistas, el Ejecutivo de coalición modificará la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, mediante dos enmiendas que se registrarán este viernes, para que la mayoría de tres quintos que tiene que sumar el pleno del Parlamento se reduzca a una mayoría simple. De esta forma, estiman en Moncloa, en un plazo de doce días tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado se podría ejecutar la reforma del órgano de dirección de los jueces. Y de esta forma colocar a sus magistrados afines, tras haber nombrado al ex ministro Juan Carlos Campo y a la ex asesora Laura Díez en el Tribunal Constitucional.

Los dos partidos que sustentan al Gobierno han redactado de nuevo el artículo 599.1.1ª de la ley del Poder Judicial, de tal manera que con el apoyo de los separatistas quede así en la reforma del Código Penal que se aprobará antes de acabar el año para derogar el delito de sedición y reformar el de malversación: «Los vocales del Consejo pueden proponer a la presidencia candidatos a magistrado o magistrada del Tribunal Constitucional. La persona que ejerza la presidencia, en el plazo de tres días hábiles, tendrá la obligación de convocar un Pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados. Dicho Pleno se celebrará en el plazo máximo de tres días hábiles desde su convocatoria». Eso hace pensar a Moncloa que a principios de enero podría poner fin a cuatro años de bloqueo en el CGPJ.

La segunda enmienda que los dos socios de coalición han acordado va aún más allá. Mediante la modificación de la Ley Orgánica 2/1979, a partir de esta reforma una vez cumplido el mandato de nueve años -con un tiempo extra de tres meses-, el Gobierno podrá nombrar a sus magistrados sin esperar a los del CGPJ. No como ahora que Campo y Díez están a la espera del Poder Judicial. Si transcurrido el mandato «uno de estos dos órganos no hubiera realizado su propuesta, se procederá a la renovación de los magistrados designados por el órgano que haya cumplido con su deber constitucional», reza el cambio que proponen PSOE y Podemos.

En paralelo, de madrugada, los dos socios siguen negociando una reforma que permita también la renovación del propio CGPJ con mayoría simple del Congreso y no con tres quintas partes como se requería hasta ahora.

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