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El Gobierno estuvo 5 meses nacionalizando ‘nietos del exilio’ sin exigir «fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución»

El juramento no es baladí, ya que esa promesa es un requisito del Código Civil para adquirir la nacionalidad

El organismo encabezada entonces por Sofía Puente atribuyó esta omisión a un "error" que corrigió 5 meses después

El Gobierno estuvo 5 meses nacionalizando ‘nietos del exilio’ sin exigir «fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución»

El Gobierno de Pedro Sánchez omitió la obligación de jurar «fidelidad al Rey, obediencia a la Constitución y a las leyes españolas» en uno de los formularios para que los descendientes de exiliados pudieran obtener la nacionalidad mediante su Ley de Nietos. La declaración no es baladí, ya que esa promesa es un requisito incluido en el artículo 23 del Código Civil para adquirir la nacionalidad. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, encabezada entonces por Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, fue la que desarrolló los detalles de la ley a través de una instrucción y redactó esos formularios. El mismo organismo corrigió el documento 5 meses después para añadir ese juramento y argumentó que se había tratado de un «error».

Sofía Puente firmó la orden para dar la nacionalidad y, por tanto, el derecho al voto a los nietos de todas las personas que salieron de España entre 1936 y 1955, sin importar el motivo de su marcha. Esa instrucción incluía una serie de anexos que debían cumplimentar las personas que quisieran beneficiarse de ella. Concretamente, se trataba de tres documentos para cada una de las tres modalidades con las que se puede acceder a la nacionalidad, según la Ley de Memoria Democrática, conocida como Ley de Nietos.

Por un lado, se podían nacionalizar los nacidos fuera de España cuyos padres o abuelos eran españoles, pero tuvieron que exiliarse «por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual». La segunda opción para la nacionalidad era ser hijo de «mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros» antes de la Constitución de 1978. La tercera vía era la de los hijos de españoles que obtuvieron su nacionalidad con la Ley de Memoria Histórica aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero o la Ley de Nietos de Sánchez.

La plantilla para el último caso, los hijos de los beneficiados por esta norma, es la que sufrió un «error» que omitía la «jura o promesa de fidelidad al Rey y de obediencia a la Constitución y a las leyes españolas» durante los primeros cinco meses de aplicación. Los otros documentos sí incluían ese apartado y, por tanto, no requerían ser modificados.

Requisito exigido por el Código Civil

La primera instrucción que incluía ese descuido se emitió en octubre de 2022. La corrección del texto se publicó en febrero de 2023. Esa última reconocía que «se publica de nuevo el anexo III por omisión del párrafo relativo a la jura o promesa de fidelidad al Rey y de obediencia a la Constitución y a las leyes españolas».

El error adquiere una importancia mayor al observar el artículo 23 del Código Civil. La norma exige una serie de «requisitos comunes» para la «adquisición de la nacionalidad española por opción», es decir, la que se otorga con la Ley de Nietos de Sánchez.

Entre ellos, el primer apartado exige al «mayor de catorce años y capaz de prestar una declaración por sí» que «jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes». Es decir, exactamente la fórmula que no aparece en el formulario de la instrucción firmada por Sofía Puente y que, posteriormente, se corrigió.

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