La Fiscalía deniega los indultos a los condenados del 1-O por «la enorme gravedad de los hechos»

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Fiscales del procés: Jaime Moreno, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena (de izquierda a derecha).

Los cuatro fiscales del procés Fidel Cadena, Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza y Jaime Moreno han enviado su informe a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en contra de conceder el indulto a los condenados por el 1-O, tal como adelantó OKDIARIO en septiembre. Los cuatro han terminado de redactar el escrito esta misma mañana y, tras firmarlo, lo han elevado al Alto Tribunal. En su escrito, al que ha tenido acceso OKDIARIO, se deniegan los indultos «por la enorme gravedad de los hechos».

Los fiscales han mantenido el mismo criterio que tenían hasta ahora con respecto a los presos. Es decir, que cumplan en prisión la parte que les corresponda de la pena impuesta en su momento por el Supremo, y que en el caso del vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, por ejemplo, supera los 13 años de prisión. Los cuatro han emitido doce informes, uno por preso, ya que no todos ellos tienen el delito de sedición.

Motivos

Explican desde el Ministerio Público que «el mecanismo del indulto pretende atemperar el rigor de las penas impuestas en aquellos excepcionales casos en los que la estricta aplicación de la ley conduce a una respuesta punitiva absolutamente desmedida y desproporcionada, generalmente como consecuencia del transcurso de elevados períodos de tiempo entre la comisión del delito y la ejecución de la pena (siempre que no sean imputables al penado), situación que evidentemente no se ha producido en el presente caso”.

Y añaden que “una de las condiciones mínimamente exigibles para su otorgamiento es la constatación de una aceptación manifiesta de la responsabilidad por el delito cometido y el decidido propósito de no reincidir como muestras de acatamiento a la legalidad conculcada”, pero que “ninguna de estas circunstancias se ha acreditado en el presente caso”.

Desproporción de la pena

Respecto de una posible desproporción de la pena, el informe señala que: “Como venimos señalando de forma reiterada a lo largo de este proceso, los hechos objeto de enjuiciamiento fueron de una enorme gravedad. Bastaría para rechazar tal alegación con reparar en que la ilícita conducta del condenado no agredió solamente al orden público, sino que también intentó quebrar el orden constitucional, además de afectar a la integridad patrimonial de la Administración pública mediante el uso ilegal de fondos públicos”.

El hecho de que ninguno de los condenados haya mostrado un arrepentimiento sobre lo sucedido, tal como ocurrió con los terceros grados, ha pesado en la decisión de los fiscales. Otro de los factores determinantes es la gravedad de los delitos cometidos, en este caso sedición en concurso con malversación de caudales públicos.

Los representantes del Ministerio Público se han opuesto a todas las peticiones. En este caso las del ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los ex consejeros del Gobierno catalán Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa; Josep Rull y Joaquim Forn, Santi Vila, Carles Mundó y Meritxel Borrás; la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell y los líderes de la ANC y de Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.

La medida de gracia fue solicitada desde tres frentes diferentes. Por un lado, lo hizo el abogado catalán, Francesc de Jufresa; por otro UGT, y en tercer lugar, también lo solicitaron para Carmen Forcadell los ex presidentes del Parlament Núria de Gispert, Ernest Benach y Heribert Barrera.

En su escrito también argumentan que «cabe destacar como presupuesto extraordinariamente decisivo para la concesión del indulto, a tenor de lo que dispone el art. 25 de la ley, de reglas para el ejercicio de la gracia de indulto, la obligación de constatar la concurrencia de pruebas o indicios que acrediten el arrepentimiento del penado».

Y en cuanto a esto aseveran que: » ninguna de esas conductas se ha constatado. Ni el condenado ha aceptado su responsabilidad o ha exteriorizado su rechazo por el delito cometido, ni ha reconocido el carácter delictivo de los hechos, ni ha mostrado arrepentimiento alguno».

Y añaden, respecto de la propia sentencia que les condenó que: «El indulto no es un instrumento que esté diseñado para alterar a modo de última instancia judicial el sentido o signo de una resolución judicial. No se trata de una medida prevista para satisfacer intereses políticos coyunturales, y que de manera arbitraria pueda concederse con carácter general ante la mera discrepancia con el tenor de la sentencia o la pura conveniencia de una situación política global»

Elecciones catalanas

Pese a que desde la Fiscalía se ha enviado el informe antes de que finalice el 2020, el hecho de que falten el resto de partes por informar, así como que una vez estén todos los informes el Tribunal Supremo deba tomar una decisión, hacen inviable que el Gobierno pueda decidir antes de las elecciones catalanas.

Pese a todo, desde el independentismo no quieren un indulto sino una amnistía para todos los condenados por el procés, algo inviable, según las fuentes del Gobierno de Pedro Sánchez. El motivo es que ni el presidente, ni el PSOE pueden hacer frente al coste político que significaría decretar la amnistía.

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