La fiscal del «falso acoso» a los hijos de Iglesias se limitó a asumir las mentiras de la querella

Pablo Iglesias e Irene Montero.
Pablo Iglesias e Irene Montero.
Manuel Cerdán

La fiscal del “falso acoso” a los hijos del matrimonio Pablo Iglesias e Irene Montero se limitó durante la instrucción de la causa y la vista oral a construir una acusación contra Alejandro Entrambasaguas a partir de las mentiras e invectivas que los políticos de Podemos habían vertido en su querella. El Ministerio Público se pronunció en todo momento con un pronunciamiento sesgado contra el periodista de OKDIARIO.

Iglesias y Montero interpusieron una querella por un delito de acoso a sus hijos contra el redactor Entrambasaguas, el 17 de diciembre de 2019, en el Juzgado de Instrucción número 2 de Collado Villalba, circunscripción judicial a la que pertenece Galapagar, municipio en el que reside la pareja desde que adquirió un casoplón valorado en más de un millón de euros.

La pareja podemita, en una querella cargada de invectivas y falsedades, solicitaba al juzgado la medida cautelar de alejamiento que obligara al periodista a no acercarse a los menores a menos de 500 metros. La realidad es que Entrambasaguas jamás se había aproximado a los hijos de Iglesias y Montero y, mucho menos, los había sometido a un acoso, como reconoció en su sentencia el magistrado David Mamán Benchimol.

En Collado Villalba, la juez Sara Rodríguez Huertas rechazó tales medidas cautelares con el apoyo verbal de la fiscal, Laura Carmona Mijares. Pero, cuando todo indicaba que la querella era un despropósito y podía ser archivada, en enero, se produjo un acontecimiento que lo trastocó todo: el día 13 Iglesias fue nombrado vicepresidente y Montero, ministra de Igualdad del Gobierno de Pedro Sánchez.

Escrito durísimo de la fiscal

A partir de esa fecha la fiscal del caso presentó un escrito durísimo y estrambótico contra el periodista, que luego mantuvo durante la vista oral. Nada más y nada menos pedía contra el periodista una condena de prisión de un año de cárcel, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas.

La fiscal Laura Carmona solicitaba, así mismo, imponer la pena accesoria de “prohibición de comunicación por cualquier medio y aproximación, a menos de 500 metros durante el plazo de dos años respecto a los menores, así como de su domicilio, centro escolar o de cualquier otro sitio frecuentado por estos, debiéndose requerir que u incumplimiento sería constitutivo de un delito de quebrantamiento de condena previsto en el artículo 468 del Código Penal”.

Algo impresionante porque obligaba al periodista, si era condenado, a conocer de antemano los movimientos y costumbres de los hijos de Iglesias y Montero para no vulnerar el castigo penal. Así mismo, le impedía ejercer libremente su trabajo como periodista. No podría asistir al Congreso de los Diputados y a un radio de medio kilómetro de distancia, ya que los políticos podemitas pensaban llevar a sus niños a la guardería del Congreso, como ellos difundieron públicamente.

No había delito

Unas medidas muy extremas contra el periodista, sobre todo, porque las acusaciones del escrito de la fiscal eran falsas. El propio magistrado del Juzgado de lo Penal de Madrid pegaba un tirón de orejas al Ministerio Público en la sentencia. En el apartado “primero” de los “fundamentos del derecho” escribía: “A la vista de todo lo expuesto, y a pesar del notable esfuerzo efectuado en el plenario tanto por el Ministerio Fiscal como por la acusación particular -la abogada Méndez Gorbea- para demostrar lo contrario, es evidente que la actuación del acusado no constituyó un delito ni los actos en sí mismos…”.

Y ese “notable esfuerzo” ya había quedado plasmado con anterioridad en un escrito de acusación plagado de falsedades. Era mentira que Entrambasaguas acudiera “a las zonas comunes de la urbanización donde habitualmente los menores iban con su cuidadora, incluso portando en alguna ocasión cámaras de grabación con el fin de localizar a los mismos u obtener en su defecto información de estos, preguntándoles a los allí presentes, incluso a menores usuarios de dichas zonas infantiles”, como afirmaba la fiscal. Y así lo corroboraron los testigos de la propia fiscal y del matrimonio Montero/Iglesias.

Era mentira que el periodista llamara a la puerta de la cuidadora “de forma insistente”, que entablara “conversaciones con los vecinos hasta conseguir que una de ellas le facilitase el teléfono y que llamara de forma reiterada hasta el día 5 de diciembre, directamente o a través de terceros», como aseguraba la fiscal. La propia cuidadora de los niños declaró que la llamó dos o tres veces.

Era mentira que el acusado acudiera a la urbanización portando equipos y dispositivos de grabación, siendo alertada la cuidadora por los vecinos, motivo por el cual la misma decidió no bajar al parque con los menores, alertando al servicio de seguridad, los cuales dieron cuenta a la Guardia Civil para que identificaran al acusado y protegieran a los menores”. Los agentes que declararon en el juicio en ningún momento verificaron la versión manipulada de la fiscal. Y mucho menos que “protegieran a los menores” como si el periodista se comportara como un terrorista o un secuestrador.

Era mentira que “los escoltas del señor Iglesias y de la señora Montero fueran alertados para velar por la seguridad e intimidad” y que cuando se personaron el periodista abandonó la urbanización como si se tratara de un maleante.

Una guardería irregular

Y era mentira que Entrambasaguas provocara “un cambio en la rutina de los menores tanto en los horarios, lugar de entrega y recogida, como en el lugar de ocio” y que la cuidadora por esa presión cesara en el cuidado de los niños”. Quienes renunciaron a la escolarización fueron los padres, porque la cuidadora de día ejercía una actividad irregular, sin permisos, inspecciones o medidas de seguridad. El interés de OKDIARIO, desde el primer momento, se limitaba a desvelar cómo pagaba Iglesias las prestaciones de la cuidadora y cómo ésta justificaba sus ingresos. O si, por lo contrario, la relación contractual funcionaba en negro.

Todo era mentira como destacó el letrado de OKDIARIO, Juan Luis Peña Ortega y recogió la sentencia: Entrambasaguas no fotografió a los hijos de Iglesias y Montero, no acudió al parque, no se acercó al domicilio de Iglesias y Montero, no llamó de manera insistente y reiterada a la puerta de la guardería a la que sólo se acercó en una ocasión, no deambuló por las inmediaciones -y menos con cámaras-, no preguntó a ningún menor, no interceptó a los progenitores de los menores, realizó cuatro llamadas telefónicas en un mes y sólo se produjo una llamada de un tercero.

La fiscal Laura Carmona Mijares, con una experiencia profesional de más de una década en la Fiscalía provincial de Madrid, asumió desde el principio como suyos los argumentos del matrimonio podemita sin preocuparse en averiguar la verdad de los hechos. Sobre todo, en un tema tan delicado, que afectaba frontalmente a la libertad de Información, postulado que consagra el artículo 20 de la Constitución Españolas.

Se limitó a reproducir las mentiras de los políticos de Podemos, que se presentaban ante los tribunales con la imagen de unos padres atormentados, cuando sus niños nunca habían sido hostigados ni habían estado sometidos a ningún riesgo de seguridad, como declararon los escoltas durante el juicio.

La beligerancia de la fiscal en la defensa de los postulados del matrimonio podemita llevó a algunos periodistas a escribir, cuando se desveló el contenido de la sentencia absolutoria, que el magistrado había absuelto al periodista en contra del criterio de la Fiscalía, como destacaron El País y Público.

Aníbal Malvar, el veterano periodista del diario de Roures, también cayó en la trampa del escrito de la Fiscalía. En su artículo mentía -lo peor de un periodista- al asumir en su columna que Entrambasaguas había perseguido a los niños de Iglesias y Montero mientras “la niñera los paseaba con el carrito”. ¡Una barbaridad! Y volvía a mentir cuando aseguraba: “Estuvo llamando al timbre y al teléfono de la niñera durante días -Montero dijo en el juicio que 70 veces-, persiguiéndola por el parque, mintiendo incluso a la Policía cuando lo identificaron como anónimo merodeador”.

Tras calificar al magistrado de “calaña”, Malvar no se reprime ni con una sentencia absolutoria. Afirma: “Que un representante electo del pueblo tenga que exponer sus hijos ante el acoso impune de los Entrambasaguas es denigrante para un estado de derecho”.

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