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El ex secretario de Interior alega que no tenía competencias sobre los Mossos para frenar el 1-O

El ex secretario de Interior de la Generalitat, Cesar Puig y Castañas, alega ante la Audiencia Nacional que no tenía competencias sobre los Mossos para frenar ni el 20-S, el asedio a la consejería de Economía, ni el referéndum del 1-O.

El ex secretario de Interior alega que no tenía competencias sobre los Mossos para frenar el 1-O
Referéndum ilegal 1-O. Foto. Getty

Cesar Puig i Castañas, ex secretario General del Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña, ha presentado un escrito de cara al juicio en el que se le imputan delitos de rebelión en la Audiencia Nacional por su presunta implicación en el procés soberanista de 2017, en el que alega que no tenía ninguna competencia sobre los Mossos d’Esquadra y por tanto, no pudo ordenarles que actuasen o dejasen de actuar para favorecer el referéndum ilegal del 1-O. Por ello, basándose en ello, pide la libre absolución.

El escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, se ha presentado este miércoles en la Audiencia Nacional como paso posterior al auto de apertura de juicio oral dictado el pasado mes de octubre contra el ex mayor de los Mossos, José Luis Trapero, así como contra la intendente, Teresa Laplana, y los responsables políticos, Pere Soler y César Puig, que fue procesado por sedición y organización criminal y para quien Fiscalía pide 11 años por rebelión.

Su defensa, ejercida por el también abogado de Carles Puigdemont, Jaume Alonso-Cuevillas, incide en que «ninguna» de las diligencias practicadas durante la instrucción «va dirigida a acreditar la actividad supuestamente llevada a cabo» por Puig, que habría consistido en ordenar o dejar de ordenar a los Mossos de Esquadra que actuasen conforme a derecho frente al asedio de la Consejería de Economía el 20 y 21 de septiembre y la celebración de la consulta ilegal.

Destaca en este sentido «la ausencia de cualquier diligencia de investigación dirigida directamente a concretar la actividad» de Puig en relación con el cuerpo de Mossos y afirma que toda la acusación se basa en que un secretario General de Interior «ostenta facultades de dirección operativa del Cos de Mossos d’Esquadra, de tal manera que puede impartir instrucciones, órdenes o directrices para dirigir la actividad operativa», algo que, asegura, es «claramente falso».

«No hay ninguna norma legal ni reglamentaria que atribuya al Secretari General del Departament d’Interior –cargo que ocupaba mi defendido– la dirección del Cos de Mossos d’Esquadra y, por lo tanto, la capacidad de ordenar su actuación operativa, por lo que la presunción que irradia de la causa de que mi defendido intervino en el diseño de una operativa para el día 1 de octubre de 2017 para frustrar las directrices de la autoridad judicial es sencillamente imposible, puesto que carecía de facultades para ello», asegura Cuevillas en su escrito de defensa.

Incide en que «las funciones de la Secretaría General de Interior, tanto en relación con el Cos de Mossos d’Esquadra, como en relación, por ejemplo, con el Cuerpo de Bomberos, son las derivadas de la gestión de los recursos humanos y de la adquisición de los recursos necesarios para su correcto funcionamiento» y «nada hay en la causa que contradiga» esta afirmación ni que refleje que Puig ejercía las facultades de mando sobre el cuerpo policial que se le atribuyen.

«Nos encontramos ante una acusación que imputa la comisión de uno de los tipos delictivos más graves de nuestro Código Penal, justificada, meramente, en el cargo que ostentaba mi defendido (Secretario General de Interior), y sin atender, sorprendentemente, a las funciones y competencias que realmente se derivan de dicho cargo», argumenta.

Con esta idea central, la defensa de Puig va desgranando en el escrito que toda la causa contra su defendido se basa en una función que no tenía mientras obvia que firmó resoluciones «para proveer el material necesario» para que los Mossos pudieran «cumplir el mandato judicial relativo al referéndum» del 1 de octubre, cosa que sí era de su competencia. «Sin embargo, sí que constan en el escrito de acusación afirmaciones sobre las pretendidas responsabilidades en que incurrió mi defendido, hechas sin el menor soporte probatorio o tergiversando datos aislados e inconexos», añade.

Es esa función de proveer recursos la que llevó a Puig a participar, según su defensa, en la reunión de la junta de seguridad del día 28 de septiembre de 2017 junto a representantes del Gobierno central, fuerzas policiales y otros acusados y procesados en la causa que se sigue en el Tribunal Supremo por los mismos hechos. Asistió porque «como es lógico, sería necesario destinar recursos económicos a cubrir los costes del operativo del 1 de octubre, tales, por ejemplo, como las horas extra de los agentes», dice el escrito.

«Las mínimas referencias que la causa contiene en relación con la actuación de mi defendido no pueden considerarse como indicativas de la existencia de indicios racionales de criminalidad, distintos de las meras sospechas. No existe elemento o indicio alguno en la causa que acredite que mi defendido tenía la obligación de actuar y no lo hizo, ni mucho menos que impartió órdenes en el sentido sostenido por el Ministerio Fiscal, para frustrar las directrices impartidas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña», asegura.

Pide así que se dicte la libre absolución, al entender que Puig no cometió ningún delito puesto que «su actuación es absolutamente ajena, en el plano operativo, a las decisiones adoptadas sobre los planes de actuación del día 1 de octubre de 2017, ni tampoco tuvo participación alguna en la preparación ni en la ejecución del referéndum» excepto en «proveer» a los Mossos «de todo el equipamiento y los recursos peticionados» para cumplir con el TSJC.

Solicita además, que se llame a declarar a 15 testigos entre los que se encuentran uno de los procesados por el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona en relación a la organización del referéndum y que fue número 2 de Oriol Junqueras, Josep M. Jové; así como al general de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, al teniente Coronel Daniel Baena o a Lluís Ferran López Navarro, Jefe de la Comisaría Superior Territorial de los Mossos d’Esquadra, entre otros.

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