Justicia

Dolores Delgado fía su futuro a que su nombramiento no lo examinen 25 jueces sino sólo 6

Dolores Delgado
La ex fiscal general del Estado, Dolores Delgado.

La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, está en la cuerda floja y ella lo sabe. Su nombramiento ha sido recurrido por el PP y Vox, y el 19 de octubre está previsto que se revisen dichos recursos. En cuanto a la revisión, Delgado fía su futuro a que esta no vaya a pleno, donde 25 magistrados dirimirán si fue o no válido dicho nombramiento por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. La fiscal general quiere que finalmente entre en Sala, donde serían sólo seis jueces y el presidente -si decide intervenir- quienes finalmente tendrían su futuro profesional en sus manos. Es más, las fuentes consultadas por OKDIARIO aseveran que, si va a pleno, las posibilidades de dimisión de Delgado se incrementarían exponencialmente.

El motivo de este incremento es que, y siempre según las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO, al haber nueve magistrados que han solicitado que el asunto se aboque a pleno, quedara como quedara la decisión, habría emisiones de voto particular. Pero más importante todavía, que en el caso de que la decisión fuera favorable al nombramiento, Dolores Delgado se encontraría con varios votos particulares más que críticos, lo que la dejaría en una situación poco alentadora.

Los nueve jueces de la Sección Tercera del Supremo que han pedido que el asunto vaya a pleno son Segundo Menéndez, Rafael Fernández, Eduardo Calvo, José Antonio Montero, Antonio Jesús Fonseca, Inés Huerta, Francisco José Navarro, José Luis Requero y Rafael Toledano.

La posible dimisión de la fiscal general del Estado saltó a la palestra la semana pasada. De hecho, las fuentes consultadas explican que desde el Gobierno de Pedro Sánchez se vería con muy buenos ojos que Dolores Delgado decidiera dejar el puesto, pues sería lo mejor para evitar que sucediera lo mismo que pasó con Eligio Hernández en 1994, cuando el  Tribunal Supremo declaró ilegal su nombramiento tras varios años en el cargo de fiscal general del Estado.

César Tolosa

La persona que deberá decidir si el caso Dolores Delgado acaba abocándose a pleno o, por el contrario, se decide en Sala, donde las fuentes aseveran que el asunto estaría en “empate técnico”, es el presidente de la Sección Tercera del Tribunal Supremo, César Tolosa. Este magistrado, aunque vinculado al sector más conservador, también es considerado como uno de los “más ecuánimes” que hay en el Alto tribunal.

El problema para Delgado es la propia doctrina de la Sala. Hasta ahora, se abocan a pleno aquellos asuntos de especial relevancia. Ejemplo de esto fue el recurso al indulto del conductor kamikaze de Valencia que se resolvió en pleno. Pero aunque la doctrina es la que es, la decisión final será de Tolosa, quien por el momento no ha dicho qué pretende hacer con el caso de Dolores Delgado.

El recurso

PP y Vox presentaron en febrero de 2020 ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo un recurso contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado, subrayando que «no cumple los requisitos de idoneidad ni de imparcialidad que deben regir dicho cargo». En su recurso, desde la formación de Santiago Abascal se afirmaba que la fiscal general «ha sido la única ministra del Gobierno que ha sido reprobada tres veces, dos en el Congreso de los Diputados y una en el Senado, todas ellas en el año 2018».

El partido de Abascal basó su recurso en el informe de los votos particulares emitido por varios vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tras el nombramiento de Delgado.

Los vocales Nuria Díaz Abad, José María Macías Castaño, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández Martínez, Gerardo Martínez Tristán, Carmen Llombart Pérez y José Antonio Ballestero Pascual aseveraron que la designación, «no puede considerarse válida al no cumplir el trámite preceptivo que imponen el artículo 124.4 de la Constitución Española y el artículo 29.1 de la Ley 50/1981, 30 diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal», ya que «expresamente se ha excluido del juicio de los vocales del Consejo el requisito subjetivo, el atinente a tratarse de una jurista de reconocido prestigio, pues, sobre dicho requisito, pivota el juicio de idoneidad».

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