ESTADO DE DERECHO

La Comisión Europea, alarmada por la rebaja del delito de malversación en España

Europa obligará a España a volver a reformar el delito de malversación para volver a elevar las penas rebajadas con la nueva directiva propuesta

Sánchez pone en peligro los fondos europeos con su reforma de la malversación

Sánchez reformó en 11 días la malversación para los golpistas y lleva dos meses dilatando el ‘sí es sí’

La Comisión Europea, alarmada por la rebaja del delito de malversación en España
Ursula von der Leyen y Pedro Sánchez. (Foto: EP)

La Comisión Europea ha cargado contra el gobierno de Pedro Sánchez por la reforma del delito de malversación en su informe sobre el Estado de Derecho correspondiente al año 2023. Bruselas hace hincapié desde el segundo párrafo de su reporte las críticas a dicha reforma que «la sociedad civil expresó especialmente en lo que respecta a la reducción de las penas y el catálogo de delitos que se enmarcan en dicha figura penal». Subraya que «las sanciones aplicables son menores tras la reforma».

La nueva norma derivó de una proposición de ley impulsada por PSOE y Podemos con el apoyo de ERC que se tramitó en tiempo exprés, apenas seis semanas, para eliminar la sedición y reformar la malversación, aunque también se incluyeron otras medidas.

Sobre la malversación, aunque se conservaron las mismas penas (de 2 a 12 años de cárcel y 6 a 20 años de inhabilitación), se estableció que debía existir «ánimo de lucro» cuando la autoridad o funcionario público «se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas».

Además, se introdujo dos tipos atenuados de malversación. Uno para cuando «la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas», con penas de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años.

Y un segundo tipo para «la autoridad o funcionario público que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquélla a la que estuviere destinado», sancionado con entre de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación.

De este modo, la nueva ley -al ser más favorable para el reo- implicó la revisión de condenas por malversación además de sedición para los golpistas independentistas de 2017.

Las palabras de Bruselas suponen una continuación del aviso lanzado en mayo a su pretensión de armonizar los castigos por malversación en todo el conjunto de la UE. La Comisión Europea quiere que dichos castigos tengan una pena máxima de al menos cinco años de prisión, una pena máxima superior a algunos tipos en el Código Penal español reformado por Sánchez.

El nuevo «máximo mínimo» armonizado para todos los países de la Unión Europea figura en la propuesta de directiva de lucha contra la corrupción, en la que se proponen definiciones y castigos con un máximo mínimo común para delitos como los sobornos, la malversación, el tráfico de influencias o la obstrucción a la justicia, hasta ahora penados de forma heterogénea en los distintos Estados miembros.

Cuando se apruebe esta propuesta, Europa obligaría a España a volver a reformar el delito de malversación para volver a elevar las penas rebajadas.

Bruselas define la malversación como «la comisión, el desembolso, la apropiación o la utilización por un funcionario público de bienes cuya gestión le haya sido confiada directa o indirectamente en contra de la finalidad para los que fueron destinados» y sugiere que la pena máxima para estos delitos nunca sea inferior a cinco años.

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