Juicio al 'procés'

El careo entre los Mossos y el Govern: Junqueras ‘tocado y hundido’ por el comisario Ferrán López

Los mandos de los Mossos que declaran como testigos frente al tribunal se desmarcan de un Govern que "traccionaba" en sentido opuesto al suyo siempre orientado, aseguran, al cumplimiento de un mandato judicial que les ordenaba impedir la celebración del referéndum del 1-O.

El careo entre los Mossos y el Govern: Junqueras ‘tocado y hundido’ por el comisario Ferrán López
El comisario de los Mossos, Ferrán López, declara en el Tribunal Supremo

El verdadero careo del ‘procés’ se produjo entre los Mossos y el Govern de Cataluña en sendas reuniones mantenidas los días 26 y 28 de septiembre de 2017. El comisario del cuerpo policial autonómico, Ferrán López, asegura que al ser informado del tenso escenario que se «dibujaba» como previsible de cara al 1-O, el presidente Puigdemont dijo «que si esta violencia entre los manifestantes y las fuerzas del orden se producía, entonces él, declararía directamente la independencia», literal. «Es una frase que recordamos todos perfectamente porque es difícil de olvidar», abunda.

López confiesa que entonces no supo diferenciar si se trataba de una boutade o de una amenaza real. Lo que tiene claro es que conformaba «una postura monolítica» del Govern. El cumplimiento de aquel mandato del pueblo al que apelaron, «sin divergencias», los políticos catalanes para justificar que seguirían adelante con la consulta.

«El peso de aquella reunión», se refiere López a la segunda, «recayó sobre el presidente Puigdemont y el vicepresidente Oriol Junqueras». Haciendo seguidismo del entonces mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, López deja tocado a Junqueras y lo hunde un poco más en el banquillo. El «peso» de los actos que el comisario describe descansa sobre sus hombros y juega en su contra. A Puigdemont no le afecta. Al fin y al cabo, está fugado de la Justicia.

Forn era el tercero en discordia presente en el último encuentro. De él dependía formalmente el cuerpo policial autonómico, aunque cada cual iba por libre. Al menos así lo quiere hacer ver López. Una cosa era la política y otra la operativa. Pese a que muchas de las declaraciones públicas de Forn no gustaban a los mandos de los Mossos, lo cierto es que «nunca pidió a la Jefatura de policía nada relacionado con el 1 de octubre, ni dio órdenes directas de ningún tipo», asegura el número dos del mayor Trapero, durante aquellos días, y quien lo sustituiría al frente del cuerpo tras la aplicación del artículo 155.

El comisario Ferrán López apunta, como ya hizo Trapero, a la responsabilidad directa de Junqueras, pese a sus advertencias, en convocar un referéndum que ya había sido declarado ilegal

Esas manifestaciones eran «un error» porque «proyectaban una posición que no era correcta» y les colocaba en una situación en la que no estaban instalados, recuerda el comisario de los Mossos. Forn aseguraba que «íbamos a garantizar la celebración del referéndum declarado ilegal por el Tribunal Constitucional, el 7 de septiembre, que nos había apercibido además a sus mandos, personalmente». Esto les incomodaba y así se lo trasladaron en aquella «reunión clave». La policía autonómica estaba «absolutamente dispuesta a cumplir el mandato judicial» de impedir el 1-O.

Así que el escenario no podía ser más «anómalo» y enrevesado. Por una parte la calle, convertida en una olla a presión, en la que había «muchísima gente con esperanzas de poder votar», azuzada por los grupos organizados de movilización social, léase, entre otros, Òmnium Cultural y la ANC. Por otra, los Mossos advirtiendo de que «el clima de tensión incandescente» caldeaba el tiempo de descuento, hacia un 1-O, condenado a desembocar en una «situación crítica» de «conflicto seguro». Y, a lo suyo, un Govern empeñado en la ilegalidad donde el consejero de Interior «traccionaba» en sentido opuesto al de la policía que dependía de él.

Sin precisar si advirtieron, expresamente, de incidentes graves o violentos, a la tríada que se reunió con ellos, López ha querido dejar claro que los Mossos tenían la firme determinación de «impedir el referéndum». «Nunca podrá decir nadie» que ellos «colaboraron ni organizaron ningún acto previo». El objetivo de las reuniones no era, por tanto, comunicar que cumplirían el mandato judicial, ya que eso «se daba por descontado» y los responsables del Govern lo tenían «más que claro, nítido»; sino pedirles «que diesen cumplimiento a las instrucciones» judiciales y no siguiesen adelante.

Del primer encuentro mantenido el día 26, con Puigdemont y Forn, salieron Trapero y él con un sentimiento «pesimista». Por ello instaron el segundo intento, esta vez también con Junqueras. La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, pese a estar convocada, no acudió a la cita propuesta.

El «acuerdo tácito»

El contenido de sendas reuniones se lo transmitió Ferrán López al coronel Diego Pérez de los Cobos, coordinador del dispositivo policial, la misma noche del 28 de septiembre ya «que era importante hacer llegar exactamente las coordenadas precisas de dónde estábamos».

El comisario de los Mossos quiere demostrar, con ello, que fueron «absolutamente leales» tanto al mandato judicial como a la figura de De los Cobos, pese a que discrepaban de su designación -debido a su perfil «híbrido» a medio camino entre lo político y lo operativo- y que no hubo «química personal» con el mayor Josep Lluis Trapero. Como, tras dos contactos entre ambos, la relación no era «exactamente amable», y para que la situación no se agravase, el propio Trapero decidió que, a partir de entonces, asumiese la representación de los Mossos el propio Ferran López.

De los Cobos «siempre obtuvo una respuesta inmediata» a sus peticiones, asegura el comisario. De hecho, cuando el exconseller de Interior, Joaquim Forn, aseguró públicamente que los Mossos no acataban su nombramiento, la cúpula policial distribuyó un comunicado interno a todos los agentes para desmentirlo. Una cosa era discrepar y «otra que no lo acataran», matiza Ferrán López.

Asegura el entonces número dos de Trapero, que con él acordó que iría a los 2.300 centros de votación, que el juzgado había ordenado precintar, en primer lugar «un binomio de Mossos» y que, sólo si estos no podían cerrar el local, se activaría a los efectivos de orden público de la propia policía catalana. Si, además, eran precisos refuerzos, el apoyo lo prestarían los antidisturbios de Guardia Civil y Policía Nacional. La función de los binomios, ha precisado, «no era ni enfrentarse a los manifestantes ni sumarse al apoyo de las unidades de orden público». No iban pertrechados para ello.

Ferrán López asegura que existió un «acuerdo tácito» entre los Mossos e Interior, tras el 1-O, para «encapsular» lo sucedido porque ya estaba «judicializado»

Se articuló, insiste, un «dispositivo conjunto, pactado y acordado» entre los 3 cuerpos que se «fracturó», según el relato del comisario, cuando el 1-O la Policía Nacional y la Guardia Civil «empezaron a intervenir por su cuenta. Ante esta «situación nueva y desconocida, entre las 8.00 y las 8.15», llamó a De los Cobos para preguntarle qué estaba ocurriendo -cierto es que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) había facultado a los tres cuerpos a intervenir por su cuenta-. «Oye Diego, no es como habíamos quedado», afeó López a De los Cobos, ante lo que este le respondió, según su versión, no saber qué estaba ocurriendo y que más adelante le informaría. «No tuve más comunicación» sobre este tema, ha abundado el comisario.

El tema De los Cobos adquiere, en este punto, un protagonismo inesperado. Las versiones del coronel de la Guardia Civil, en su declaración ante el tribunal el pasado 4 de marzo, y la del comisario de los Mossos, hoy, sobre las reuniones del 29 y 30 de septiembre, son opuestas. De los Cobos «tachó de mentira la manifestación que acaba de corroborar el señor López», pone en evidencia el abogado Xavier Melero.

Las discrepancias que menciona Melero son reconocidas por el propio López. Asegura el comisario algo inédito, hasta el momento: que se las transmitió a De los Cobos y al ex secretario de Estado de Interior, José Antonio Nieto, en una reunión mantenida a tres bandas antes de declarar, ambos mandos policiales, como testigos en la Audiencia Nacional, donde Trapero está actualmente acusado por rebelión. Tras escuchar la versión de De los Cobos, quien declaró primero, sobre lo ocurrido en Cataluña el otoño de 2017, López les explicó su visión de los hechos, «que era contradictoria con la de ellos».

Fue la única ocasión en la que se saltó el «acuerdo tácito» que López asegura existe entre los Mossos y el entonces Gobierno central. Convinieron con el Ministerio de Interior, para que «encapsular» lo que había sucedido el 1-O y que ello no contaminase, a posteriori, «las relaciones ordinarias del cuerpo de los Mossos con instancias gubernamentales», dado que el asunto ya estaba judicializado.

El otro careo

A raíz de lo anterior solicita el abogado Xavier Melero un careo. Entre el comisario Ferrán López y el coronel Diego Pérez de los Cobos. Ambos han mantenido versiones contradictorias sobre el dispositivo de la policía autonómica del 1-O. Invoca el letrado el artículo 729 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que prevé, en contra de la norma general, la posibilidad de practicar pruebas distintas de las que fueron propuestas por las partes en sus respectivos escritos de acusación o defensa.

En concreto, el tercer párrafo de la norma estima la pertinencia del careo para «acreditar alguna circunstancia que pueda influir en el valor probatorio de la declaración de un testigo». El segundo, recoge dicha posibilidad cuando «el tribunal» lo considere necesario para la comprobación de los hechos.

El tribunal aplaza la decisión. Inaugurada la sesión de la tarde su presidente el juez Manuel Marchena, despeja la incógnita planteada. Anuncia que es prematuro pronunciarse y, aunque no rechaza el careo, tampoco lo acuerda. Coinciden unánimemente los siete magistrados en esperar al final de la práctica de todas las pruebas para valorar si es realmente necesario. Puede darse la circunstancia de que, a lo largo de las sesiones que todavía restan -con sus correspondientes documentales, periciales y testificales- aparezca alguna muestra que les permita valorar la credibilidad del relato de ambos, sin necesidad de enfrentarlos. 

Se refiere Marchena al carácter «singular» de la figura y su «excepcionalidad» de su uso en la práctica procesal penal: “Entendemos que ahora, cuando todavía no hemos agotado el contacto con el material probatorio, tomar una decisión que es esencial y tiene que estar conectada al carácter determinante de esa contradicción, no sería adecuado”, explica.

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