Tribunal Supremo

La Abogacía del Estado sobre los recursos contra Illa: «Son erróneos y deben rechazarse, sin más»

La letrada pública considera que las peticiones del abogado valenciano Curro Nicolau a los magistrados del Supremo, en la causa contra las órdenes de Sanidad que regularon el desconfinamiento, contradicen la doctrina ya fijada por el Tribunal Constitucional.

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El ministro de Sanidad, Salvador Illa
Salvador Illa

La Abogacía del Estado no oculta su malestar con los recursos presentados por el abogado valenciano Curro Nicolau contra las órdenes del Ministerio de Sanidad que autorizaron el desconfinamiento y regularon las condiciones de las fases diseñadas por el Gobierno en su Plan de desescalada. Para la letrada pública Belén Triana Reyes «la insistencia del recurrente» y que éste se «empecine en desconocer el contenido» de las normas contra las que pleitea, merece una única respuesta: «Tan erróneo planteamiento debe, sin más, ser rechazado».

Así consta en un escrito al que ha tenido acceso OKDIARIO, en el que la abogada del Estado pide al Tribunal Supremo -competente en las causas actualmente abiertas contra el titular del Ministerio de Sanidad, Salvador Illa- que no admita la revisión de un Auto de la Sala Tercera, sobre dichas órdenes sanitarias, como pedía Nicolau.

A juicio de la letrada, de «la mera lectura de la argumentación que esgrime el interesado para fundar el motivo» de su recurso, se entiende que pide «a la Sala que suspenda, o directamente, que deje de aplicar, cualquier norma del ordenamiento jurídico vigente, ante lo que sólo nos resta afirmar que el planteamiento debe ser, sin más, rechazado».

El hecho de que Nicolau insista en la suspensión provisional de las órdenes de sanidad que le prohibieron desplazarse con su hija menor, a su segunda residencia vacacional en Alp, durante el estado de alarma, contradice la doctrina ya fijada por el Tribunal Constitucional. 

Como dice una reciente resolución del Tribunal de Garantías y «reproduce» el propio Nicolau, apunta la letrada: «En el estado actual de la investigación científica, cuyos avances son cambiantes con la evolución de los días, incluso de las horas, no es posible tener ninguna certeza sobre las formas de contagio, ni sobre el impacto real de la propagación del virus, así como no existen certezas científicas sobre las consecuencias a medio y largo plazo para la salud de las personas que se han visto afectadas en mayor o menor medida por este virus».

Ante esta «incertidumbre tan acentuada y difícil de calibrar desde parámetros jurídicos» las medidas de «distanciamiento social, confinamiento domiciliario y limitación extrema de los contactos y actividades grupales, son las únicas que se han adverado eficaces para limitar los efectos de una pandemia de dimensiones desconocidas hasta la fecha», concluye la representante de la Abogacía del Estado.

Contra las ampliaciones

Para Belén Triana, que hasta la fecha se ha opuesto a todas y cada una de las peticiones formuladas por el abogado valenciano al Alto Tribunal, es imposible defender la ampliación del recurso inicialmente presentado «a una disposición dictada con posterioridad al mismo para que se tramiten», de forma acumulada.

«No parece que pueda entenderse como conexión directa el hecho de que ambas órdenes formen parte del amplio y complejo conjunto de medidas adoptadas para paliar los efectos de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19» -ni la causa que motivó la adopción de las mismas- sino «de su contenido concreto en relación con el de las pretensiones del recurrente», afirmó en uno de sus pronunciamientos.

Para la abogada del Estado la norma ministerial inicialmente recurrida por Nicolau -Orden SND 399/2020- «se refiere a la circulación de la población infantil». En cambio, la segunda de las mismas, la que ahora quiere acumular el abogado valenciano -Orden SND 370/2020- «lo único que hace es permitir a las Comunidades Autónomas que flexibilicen el comienzo y el final de la franja horaria» en que la que podían salir los niños «sin modificar su duración», fijada en la primera de ambas.

Por ello, solicitó a los magistrados del Supremo que rechazasen la ampliación del recurso en marcha para incluir a la orden de Illa que flexibilizó «determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad».

La Fiscalía, se desmarca

Por su parte, el Ministerio Público, representado por el fiscal Pablo Crespo, ha manifestado su conformidad con la ampliación del recurso presentado contra la Orden de Sanidad de autorizar las salidas de los menores de edad -a las medidas contenidas en la de la fase 1 del Plan de desescalada hacia la nueva normalidad, diseñado por el Gobierno.

Desde que el Tribunal Supremo rechazase, parcialmente, el recurso de Nicolau contra el estado de alarma, y admitiese pronunciarse sobre las órdenes ministeriales de Sanidad, ésta es la primera vez en la que ambas instituciones rompen su estrategia común.

La Fiscalía, desmarcándose de la tesis de la Abogacía del Estado, no sólo no se ha opuesto a la petición de Nicolau, sino que ha abierto la puerta a futuras y eventuales ampliaciones del procedimiento a las fases 2 y 3 de la desescalada. No en vano, ha reconocido la existencia efectiva «de una indiscutible conexión entre la disposición reglamentaria inicialmente impugnada» y las posteriores órdenes del Ministerio de Sanidad.

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