Si me suben el salario, ¿puedo pasar a un tramo en el que me encuentre peor que antes de la subida?
Es una de las grandes dudas de los contribuyentes: una subida del salario puede ser negativa a la hora de hacer la declaración de la Renta puesto que podría conllevar aparejada una subida del tipo impositivo. No es exacto.
La configuración del IRPF como un impuesto progresivo –mediante la estructuración de la parte general de la base liquidable con un tipo de gravamen por cada tramo- evita que se produzca la indeseable situación descrita en la cuestión planteada, conocida como “error de salto”.
Dicha situación podría llegar a producirse en impuestos diseñados mediante un tipo progresivo “continuo”, no siendo este el caso del IRPF (al tratarse de un impuesto progresivo “por tramos”).
En todo caso, el ordenamiento tributario previene con carácter general esta situación en el apartado tercero del artículo 56 de la Ley General Tributaria (LGT), al establecer que «la cuota íntegra deberá reducirse de oficio cuando de la aplicación de los tipos de gravamen resulte que a un incremento de la base corresponde una porción de cuota superior a dicho incremento. La reducción habrá de comprender al menos dicho exceso.»
En definitiva, el problema del “error de salto” se encuentra técnicamente resuelto, tanto en la configuración del vigente IRPF, como en la previsión general contenida en la LGT que obliga a su corrección en caso de producirse.
José Manuel Sánchez Morán, miembro del Gabinete de Estudios de la FEDERACION ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES PROFESIONALES DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES, FETTAF
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- Renta 2018