Para 2020-2024

El sector de seguros y mutuas con la Seguridad Social firma su convenio colectivo

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Patronales de aseguradoras y mutuas con la Seguridad Social.

Las patronales del sector de aseguradoras, mutualidades y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (Unespa, Amat, Asecore y CEM) y los sindicatos CCOO Servicios y UGT han firmado este jueves el convenio colectivo sectorial para el periodo 2020-2024 que establece “un marco que regula las relaciones laborales durante cinco años y promueve la calidad y la estabilidad en el empleo”.

En un comunicado conjunto las distintas patronales han resaltado que “el convenio resulta innovador porque adapta las relaciones laborales en el ámbito del seguro a las nuevas realidades tecnológicas y demandas sociales”, como el teletrabajo o la conciliación, e incorpora “importantes avances en materia de igualdad y corresponsabilidad que promueven la gestión sostenible de la actividad aseguradora”.

En cuanto a la evolución salarial de los trabajadores del sector se ha pactado un incremento del salario en un 1%. En 2022, el aumento será también del 1% pero, si el índice de precios al consumo (IPC) de 2021 fuera igual o superior al 2%, el incremento fijo de 2022 sería del 1,2%.

Si una vez finalizado ese ejercicio, el IPC del ejercicio es también igual o superior al 2%, se aplicaría una corrección adicional del 120% para el año 2022. Por último, para los ejercicios 2023 y 2024 se aplicará la fórmula tradicional que toma como referencia la evolución del producto interior bruto (PIB) corregido por el IPC.

Teletrabajo y conciliación

El nuevo convenio colectivo incorpora la regulación sectorial del teletrabajo, cuando este suponga al menos el 30% de la jornada laboral en tres meses de referencia. El importe por compensación de suministros se fija en dos euros por día trabajado a tiempo completo desde casa. Además, según el documento, las empresas deberán dotar a las personas de los medios necesarios para desarrollar su labor.

Asimismo, el convenio introduce avances en materia de igualdad y corresponsabilidad en las situaciones familiares. La mujer gestante tendrá derecho a una reducción retribuida del 25% de su jornada laboral a partir de la semana 30 de gestación. Establece, igualmente, un permiso retribuido por el tiempo necesario para que el padre o la madre no gestante pueda acudir a los cursos de preparación al parto a partir del sexto mes de gestación y hasta un máximo de diez horas.

Para facilitar el relevo generacional, el convenio incluye una cláusula que regula la jubilación obligatoria a la primera edad ordinaria de jubilación de la persona trabajadora. Dicha jubilación conllevará, necesariamente, la contratación de un nuevo empleado por tiempo indefinido y a tiempo completo por parte de la empresa.

Desarrollo del convenio

Desde el sector también destacan que el desarrollo del convenio, como viene siendo habitual, se ha pactado la creación de comisiones paritarias, tanto para su interpretación como para el desarrollo de elementos clave como formación, igualdad y empleo, así como un observatorio para el análisis de la realidad y evolución del sector.

El convenio se configura como marco mínimo de aplicación, articulándose complementariamente a nivel de empresa o grupo a través de convenios o pactos colectivos que desarrollan y mejoran el marco sectorial.

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