EL INGRESO MÍNIMO VITAL

El palo de la Seguridad Social se confirma: te va a quitar ésta ayuda si cobras una herencia

La Seguridad Social te puede quitar el Ingreso Mínimo Vital si recibes una herencia

Seguridad Social herencia
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

La Seguridad Social puede suspender el Ingreso Mínimo Vital en el caso de que un beneficiario deje de estar en una situación de vulnerabilidad económica en caso de recibir una herencia. Las personas que sean beneficiarias de un dinero tras el fallecimiento de un familiar lo tienen que notificar ipso facto a la Administración con el objetivo de no perder una ayuda destinada a sacar del riesgo de pobreza a los ciudadanos españoles. Consulta todo lo que debes saber sobre esta decisión de la Seguridad Social si recibes una herencia.

El Ingreso Mínimo Vital «es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas». Según informó el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el pasado mes de junio el IMV llegó a 736.867 hogares en los que viven 2.253.401 personas. La cuantía media de la prestación está fijada en 522,2 euros al mes en junio, fecha en la que se ha realizado una inversión de 429,8 millones de euros en una ayuda que se creó durante la pandemia y ha ido ampliándose.

Desde que fuera aprobado en su día, el Ingreso Mínimo Vital ha llegado a 1.049.403 hogares y ha beneficiado a más de 3.120.623 personas. Según información de la Seguridad Social, 1,35 millones de beneficiarios son niños, niñas y adolescentes, lo que representa un 43,3% del total de las personas que reciben esta ayuda que está destinada a sacar a una parte de la población de la situación de exclusión social.

La Seguridad Social, el IMV y la herencia

Para poder ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, hay que cumplir con tres requisitos que establece la Seguridad Social a través de sus canales oficiales. El primero de ellos es «tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el año inmediatamente anterior». Para poder recibir el IMV, la unidad de convivencia tendrá que estar formada al menos desde hace seis meses y también habrá que estar en una situación de vulnerabilidad económica.

La Seguridad Social deja claro que se cumplirá la situación de vulnerabilidad económica «cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia».

Uno de los casos en los que se puede superar esta situación de vulnerabilidad económica es cuando un beneficiario del IMV recibe una herencia. ¿Es posible perder el Ingreso Mínimo Vital tras recibir un dinero procedente de un testamento? La respuesta es sí y lo dice el Real Decreto-ley 20/2020, que regula esta prestación dirigida a las personas más vulnerables.

La ley dice que la Seguridad Social puede proceder a suspender el Ingreso Mínimo Vital en el caso de que una herencia supere los ingresos o el patrimonio por encima de los límites establecidos. Así que, en el caso de recibir una herencia y ser beneficiario del IMV, lo más recomendable es ponerse en contacto con la Seguridad Social, que llevará a cabo el estudio de la situación antes de dar luz verde al ingreso de la prestación o proceder a su extinción.

Para ello habrá que presentar en un plazo de 30 días los siguientes documentos: el certificado de defunción de la persona fallecida, el testamento, el inventario de bienes heredados, el certificado de herencia y la justificación del origen de los fondos. Con toda esta documentación encima de la mesa, la Seguridad Social realizará un estudio sobre la situación del beneficiario que ha recibido la herencia.

Cuantías del Ingreso Mínimo Vital

Como el resto de pensiones contributivas y no contributivas, la cuantía del  Ingreso Mínimo Vital también se ha incrementado en este 2025. La última subida del 9% ha dejado la renta garantizada en 658,81 euros (7.905,72) en los casos de que el beneficiario sea un adulto dentro de una unidad no monoparental. En caso de un adulto con un menor a cargo, ascenderá hasta 856,46. En una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y un menor, la cuantía mensual será de 1.001,40 euros.

Así que, en caso de recibir una herencia, para no perder el derecho a recibir el Ingreso Mínimo Vital, lo primordial es ponerse en contacto con la Seguridad Social para presentar toda la documentación pertinente. En caso de superar los límites de ingresos anuales, se procederá a la suspensión de la prestación. Ahí el beneficiario tendrá que calcular si realmente le compensa acceder a la prestación.

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