Nuevo revés de Hacienda: así es el nuevo límite para la declaración de la renta

declaración de la Renta
Mujer haciendo la declaración de la Renta.
Blanca Espada

¿Sabías que un cambio en la normativa fiscal puede alterar por completo tus obligaciones tributarias de cara al año que viene? Eso es exactamente lo que ha sucedido con la declaración de la renta en 2025. A partir de este año, un importante ajuste en los límites de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes de segundos pagadores podría beneficiarte si tienes ingresos bajos o varias fuentes de ingresos ya que Hacienda ha anunciado que se va aumentar la cantidad exigida.

En el último Consejo de Ministros de 2024, el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley que eleva de 1.500 a 2.500 euros la cantidad máxima de rendimientos de otros pagadores para estar obligado a declarar. Esta medida, que ya está en vigor desde el 25 de diciembre de 2024, busca aliviar la carga fiscal de quienes compaginan varios trabajos o perciben ingresos complementarios. Pero no es el único cambio que trae esta nueva normativa: algunos sectores, como los artistas de arte sacro y los autónomos, también han visto modificaciones en su tratamiento fiscal. De este modo, aunque estas medidas simplifican las obligaciones para ciertos contribuyentes, también se refuerzan los controles en aspectos clave como las prestaciones por desempleo. La intención es, según el Ministerio de Hacienda,  lograr un equilibrio entre reducir la presión fiscal y mantener la transparencia en el sistema tributario. A continuación, desglosamos los principales cambios que debes conocer.

Así es el nuevo límite para la declaración de la renta

Desde el 1 de enero de 2025, el límite de rendimientos íntegros del trabajo procedentes de segundos y demás pagadores que obliga a presentar la declaración de la renta se incrementa de 1.500 a 2.500 euros. Este cambio beneficia especialmente a aquellos con ingresos anuales de hasta 22.000 euros. Si tus ingresos del segundo y restantes pagadores no superan ese nuevo umbral, no estarás obligado a declarar.

Esta medida responde a una demanda social de flexibilizar los requisitos para quienes compaginan empleos o reciben pequeños ingresos adicionales. Según Hacienda, el límite anterior de 1.500 euros no se ajustaba a las realidades económicas actuales, generando una carga administrativa y fiscal desproporcionada para las rentas más bajas. Con esta modificación, se busca un sistema más justo y adaptado a las necesidades de los contribuyentes.

Las prestaciones por desempleo se deberán declarar

No todas las novedades de la normativa fiscal se traducen en una reducción de las obligaciones tributarias para los contribuyentes. A pesar de la flexibilidad introducida para quienes tienen más de un pagador, que ahora cuentan con un límite más elevado para estar exentos de declarar, las prestaciones por desempleo continúan siendo un apartado obligatorio en la declaración de la renta. Esto significa que, independientemente de si los ingresos totales anuales superan o no los 22.000 euros, quienes perciban estas prestaciones deberán presentar su declaración, sin excepciones.

Esta medida, que está vigente desde mayo de 2024, tiene como objetivo reforzar el control sobre las ayudas públicas y garantizar una distribución más transparente y adecuada de las mismas. Aunque no se trata de una novedad para el ejercicio fiscal de 2025, resulta crucial recordarla, ya que puede afectar a un gran número de ciudadanos. Ignorar esta obligatoriedad podría derivar en sanciones o inconvenientes a la hora de cumplir con las obligaciones fiscales. Por ello, es fundamental que quienes perciban este tipo de ingresos tomen las precauciones necesarias para declarar correctamente y evitar cualquier tipo de sorpresa desagradable al realizar la declaración de la renta.

Nuevas disposiciones para artistas y autónomos

El Real Decreto-ley también incluye novedades específicas para sectores como los artistas de arte sacro. Ahora, estas actividades están clasificadas dentro del grupo 861 de la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Este ajuste pretende ofrecer mayor seguridad jurídica y evitar conflictos sobre la clasificación tributaria de este colectivo.

En cuanto a los autónomos, se prorrogan durante 2025 los límites del método de estimación objetiva en el IRPF y los regímenes simplificados de IVA. Sin embargo, las actividades agrícolas, ganaderas y forestales mantendrán un límite específico basado en su volumen de ingresos. Esto asegura que las obligaciones fiscales de los autónomos sigan siendo proporcionales a su capacidad económica.

Un enfoque equilibrado según Hacienda

El Ministerio de Hacienda defiende que estas medidas combinan una reducción de la presión fiscal para los contribuyentes más vulnerables con un refuerzo de los controles en sectores clave. Por un lado, las personas con ingresos bajos o varias fuentes de ingresos se benefician de una normativa más flexible. Por otro, la obligatoriedad de declarar ciertas ayudas públicas asegura una mayor transparencia y trazabilidad.

Aunque estas modificaciones tienen el potencial de aliviar a muchos contribuyentes, es fundamental estar informado y revisar los detalles de cada caso individual. Cambios como estos no sólo afectan a las obligaciones fiscales, sino también a la planificación financiera personal, especialmente en un año donde el entorno económico sigue siendo incierto.

Con estos ajustes, el Gobierno busca un sistema tributario más justo y adaptado a las necesidades actuales. Sin embargo, como siempre, es esencial consultar con un asesor fiscal para asegurarte de cumplir correctamente con tus obligaciones y aprovechar cualquier beneficio disponible.

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