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Miles de valencianos llevan 3 años sin cobrar el bono social térmico

Miles de valencianos llevan 3 años sin cobrar el bono social térmico
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El bono social térmico es un programa de ayuda dirigido a los consumidores más vulnerables que buscan mitigar los gastos derivados del uso de la calefacción, el agua caliente sanitaria y la cocina. Cabe señalar que si el consumidor es considerado como «vulnerable severo» o está en situación de «riesgo de exclusión social», el monto de la ayuda se incrementa en un 60%. Sin embargo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denuncia que más de 160.000 valencianos siguen sin percibir el bono social térmico de 2020, y la deuda de la Generalitat con los beneficiarios asciende a 10 millones de euros.

Miles de valencianos no han recibido el bono social térmico de 2020

Durante el año 2022, la Oficina de Consumidores y Usuarios (OCU) en Valencia recibió múltiples quejas relacionadas con la falta de tramitación y pago del bono social térmico correspondiente al año 2020.

Los beneficiarios de esta ayuda esperaron durante todo ese tiempo el abono de dicha prestación. Sin embargo, ante la ausencia de este pago, comenzaron a presentar reclamaciones a diversas Consejerías, ya que desconocían a qué departamento de la Generalitat correspondía la gestión y tramitación de los fondos destinados a este propósito.

El 11 de octubre de 2022, ante las quejas recibidas, la OCU Valencia realizó una solicitud de información al Instituto Valenciano de la Competitividad Empresarial (IVACE) respecto al bono social Térmico del ejercicio 2020.

Sin embargo, la respuesta obtenida el 3 de noviembre indicaba que hasta ese momento no se había recibido ningún encargo para realizar la gestión y el pago. Además, no se había efectuado ninguna transferencia por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Fue entonces cuando el Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana inició una investigación debido a las numerosas quejas presentadas. Tras llevar a cabo esta investigación y recopilar informes de las Consejerías involucradas, se ha concluido que la Generalitat Valenciana no gestionó el bono social térmico del año 2020 ni recibió fondos del Ministerio correspondientes a este programa, a pesar de existir subvenciones directas destinadas a tal propósito.

Finalmente, el 21 de diciembre, la Presidencia de la Generalitat Valenciana afirmó que la entidad encargada de gestionar y realizar el pago del bono social térmico del año 2020 es el IVACE. A pesar de esta declaración, casi un año después, los beneficiarios aún no han recibido la cuantía correspondiente.

OCU Valencia está exigiendo al IVACE que, habiendo transcurrido tres años desde que debió llevar a cabo el pago, tome de manera inmediata las medidas necesarias para cumplir con dicho compromiso.

Asimismo, la organización demanda una explicación clara y personalizada a los ciudadanos de la Comunidad Valenciana afectados por esta situación. Además, solicita que se realice un pago indemnizatorio a cada uno de los beneficiarios como compensación por el retraso ocasionado.

Requisitos para recibir la ayuda

Para poder acceder al bono social térmico, el único requisito es ser beneficiario del bono social eléctrico. Esto se debe a que, en la práctica, el bono social térmico actúa como un complemento del bono social eléctrico, y, por lo tanto, su acceso está condicionado a la posesión del primero.

La clasificación como consumidor vulnerable otorga un descuento del 25% sobre la factura correspondiente. Para ser considerado Consumidor Vulnerable, es necesario cumplir uno de los cuatro criterios establecidos:

  • Los ingresos anuales de la unidad familiar no superen 1,5 veces el IPREM de 14 pagas.
  • Todos los ingresos de la unidad familiar provengan de pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), recibiendo la cuantía mínima vigente y sin percibir otros ingresos anuales que excedan los 500 euros.
  • Algún miembro de la unidad familiar sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital
  • Se posea el título de familia numerosa.

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