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La madre de Dimas Gimeno recurrirá: «Tenemos pruebas de las irregularidades de la adopción de Marta Álvarez»

La madre de Dimas Gimeno recurrirá: «Tenemos pruebas de las irregularidades de la adopción de Marta Álvarez»
Marta Álvarez.
Borja Jiménez

La defensa de María Antonia Álvarez ha anunciado que recurrirá ante el rechazo de la jueza a seguir adelante con la demanda contra la adopción de Marta Álvarez y Cristina Álvarez por parte de Isidoro Álvarez. Además, tal y como han explicado a OKDIARIO, amenazan con sacar a la luz pruebas que muestran «las irregularidades del procedimiento de adopción».

La juez del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Madrid ha dictado un auto de finalización del procedimiento al estimar la excepción procesal de “falta de legitimación activa”, aducida por las partes demandadas. Según la defensa de María Antonia Álvarez, demandante y hermana del fallecido Isidoro Álvarez, «esta estimación de la excepción implica que no se ha llegado a entrar a conocer ni a enjuiciar sobre el fondo del asunto, es decir, sobre si el procedimiento de adopción se llevó a cabo bajo la estricta observancia de las disposiciones que establece nuestro ordenamiento jurídico y, en particular, si las demandadas habían llegado a convivir con el adoptante con anterioridad a cumplir los catorce años».

La defensa de María Antonia se muestra «disconforme» con el auto, ya que «la excepción se planteó por las demandadas y ha sido resuelta por la juez en base a un procedimiento de impugnación de adopción, y no sobre un procedimiento de nulidad de adopción, que es la acción ejercitada en nuestro escrito de demanda». «María Antonia Álvarez ha sido heredera de su hermano D. Isidoro Álvarez toda la vida, hasta la modificación de su último testamento, el cual instituyó herederas a Marta Álvarez Guill y a Cristina Álvarez Guill tras haber procedido a adoptarlas mediante el procedimiento cuya nulidad se insta», continúa.

«Me gustaría destacar el hecho de que a pesar de haber solicitado el procedimiento de adopción hasta en tres ocasiones a tres juzgados diferentes, en ningún momento esta parte ha podido acceder al mismo (finalizado en 2003 por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Madrid), por lo que se desconoce su existencia. De lo que sí se tiene constancia, y así se ha acreditado en el presente asunto, es de las numerosas pruebas documentales, manifestaciones notariales y testificales que prueban las irregularidades seguidas en el citado procedimiento de adopción, motivo más que suficiente para que el Juzgado hubiera llegado al fondo del asunto y poder así determinar la validez o no de la adopción objeto de los autos, pues de lo contrario no sólo se está vulnerando el Derecho a la tutela judicial efectiva de D. María Antonia, sino que se pone en entredicho el principio de seguridad jurídica española y de la revisión», continúa la defensa.

«Por todo lo expuesto, les anuncio que procederemos a presentar en el plazo concedido el pertinente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra este auto para hacer valer los intereses y derechos de nuestra representada», concluye.

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