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La ley aclara si puedes recibir paquetes personales en el trabajo: un abogado laboralista explica tus derechos

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Blanca Espada

Comprar por Internet forma ya parte de nuestro día a día, pero recibir el pedido no siempre es tan sencillo. Si no estamos en casa durante el horario de reparto, una solución bastante habitual es indicar como dirección de entrega nuestro lugar de trabajo. Sin embargo, el problema aparece cuando surge la duda de si la empresa puede impedir que recibamos allí un paquete personal o incluso sancionarnos por hacerlo.

El abogado laboralista Juanma Lorente, conocido en redes sociales como @juanmalorente_laboralista, ha querido aclarar precisamente esta cuestión y según ha explicado en uno de sus vídeos, para saber si un trabajador puede utilizar la oficina como punto de entrega hay que fijarse, en primer lugar, en las normas internas que haya establecido la empresa. No es lo mismo que la compañía haya prohibido expresamente esta práctica a que los empleados lleven años recibiendo paquetes sin que nadie les haya advertido de que no pueden hacerlo.

¿Puede un trabajador recibir paquetes personales en la oficina?

Lorente plantea una situación que probablemente resulte familiar a muchos trabajadores: «¿Puedes poner como dirección de recogida de un paquete la dirección de tu oficina donde tú trabajas sin que la empresa te sancione?». Para responder, el abogado pone el foco sobre el decálogo o conjunto de normas internas de la compañía. Según explica, «Si la empresa no tiene en un decálogo de normas que poner como dirección de recogida sus oficinas está prohibido, teóricamente no te puede decir nada».

La situación cambia cuando existe una norma conocida que prohíbe expresamente estas entregas. Si el trabajador, pese a ello, continúa indicando la dirección de la empresa para sus compras particulares, estaría incumpliendo las instrucciones establecidas y podría exponerse a una sanción laboral, dependiendo de las circunstancias. Por tanto, antes de convertir la oficina en el lugar habitual de entrega de compras online, merece la pena comprobar qué dicen las normas de la compañía.

Qué pasa si la empresa lleva años permitiendo recibir paquetes

La cuestión se complica cuando existe una prohibición, pero en la práctica la empresa ha tolerado durante mucho tiempo que sus trabajadores reciban pedidos personales. Es uno de los matices que destaca Lorente. El abogado pone como ejemplo a un empleado que lleva dos años recibiendo paquetes en la oficina sin haber recibido advertencias ni sanciones.

En este supuesto, considera que no resultaría coherente que la compañía esperase hasta una nueva entrega para sancionar de repente una conducta que venía conociendo y tolerando. Para explicarlo utiliza un ejemplo muy gráfico: «Si llevo catorce antes que éste, recibidos y nunca me has dicho nada, ahora no me vas a sancionar por esto». La tolerancia previa de una conducta puede ser, por tanto, un elemento relevante a la hora de analizar una posible sanción, aunque cada situación deberá valorarse atendiendo a sus circunstancias concretas.

La empresa puede establecer sus propias normas internas

Que recibir un paquete parezca un gesto sin importancia no significa que una compañía no pueda establecer reglas sobre el uso de sus instalaciones y recursos. Detrás de una entrega hay una persona que debe acceder al edificio, alguien que puede tener que atender al repartidor y, en determinados centros de trabajo, protocolos de seguridad o recepción que deben cumplirse. Si el número de pedidos particulares es elevado, además, puede terminar interfiriendo en el funcionamiento habitual.

Por eso, una empresa puede disponer de normas internas que regulen este tipo de situaciones. El punto que destaca Lorente es que el trabajador debe conocer las reglas que tiene que cumplir y que éstas no deberían aparecer únicamente cuando la compañía decide sancionar una conducta que hasta entonces venía permitiendo. De ahí que convenga diferenciar entre poder recibir ocasionalmente un pedido personal y tener un derecho absoluto a hacerlo. No existe un derecho general del trabajador a convertir las instalaciones de la empresa en un punto de recogida para sus compras.

¿Te pueden despedir por recibir un paquete en el trabajo?

Otra de las preocupaciones que pueden surgir es si recibir un pedido puede terminar incluso en despido. Lorente matiza al respecto y tranquiliza a quienes llevan tiempo haciéndolo en empresas donde esta práctica no está prohibida: «Así que sí, a no ser que esté prohibido, puedes poner la dirección de tu trabajo para recoger paquetes. Así que tranquilo, no te van a echar». Ahora bien, esta explicación no significa que cualquier recepción de paquetes quede automáticamente protegida. Lo mejor y más recomendable, es comprobar las normas internas, si existieron advertencias anteriores y las circunstancias en las que se produjo la conducta. Además, si existe una prohibición expresa y el trabajador decide ignorarla repetidamente, el escenario es diferente al de quien recibe ocasionalmente un paquete en una oficina donde nunca se ha puesto ningún impedimento.

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